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Artículo noveno.- cuatro. "La orientación educativa y profesional deberá constituir un servicio continuado a lo largo de todo el sistema educativo, atenderá a la capacidad, aptitud y (...) facilitará su elección consciente y responsable."
Artículo ciento veinticinco.- A la orientación educativa y profesional a lo largo de toda su vida escolar, atendiendo a los problemas personales de aprendizaje y de ayuda en las fases terminales para la elección de estudios y actividades laborales. -
Se concibe la orientación como una actividad esencial del proceso educativo que ayude en el conocimiento, aceptación y dirección de sí mismo.
Creación de servicios de Orientación Escolar que asuman las funciones que en materia de orientación prevén la Ley General de Educación y las disposiciones complementarias. -
Se regula la composición y funciones de los equipos multiprofesionales dependientes del Instituto Nacional de Educación Especial.
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Capítulo xv. Orientación educativa.
1.- La orientación educativa apunta al objetivo de optimizar el rendimiento de la enseñanza mediante el adecuado asesoramiento al alumno a lo largo de su avance en el sistema y respeto de su tránsito a la vida activa.
Orientación educativa como elemento esencial. -
Artículo 55.- Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad y mejora de la enseñanza, en especial, a : (...) la orientación educativa y profesional.
Artículo 60.-
1) La tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente.
2) Las Administraciones educativas garantizarán la orientación académica, psicopedagógica y profesional de los alumnos. -
Capítulo III. Departamentos de Orientación y actividades complementarias y extraescolares.
Artículo 41.- Composición del departamento de orientación.
Artículo 42.- Funciones del departamento de orientación.
Artículo 43.- Designación del jefe del departamento de orientación.
Artículo 44.- Competencias del departamento de orientación. -
Se regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Artículo seis.- uno. Los departamentos de orientación desenvolverán sus funciones (...) y tendrán las siguientes competencias:
a) Valorar las necesidades educativas.
b) Elaborar las propuestas del plan de orientación académica y profesional.
c) Participar en la elaboración de los proyectos educativo y currícular del centro. -
Artículo uno.:
f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada.
Artículo noventa y uno. :
c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
d)La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración con los servicios y departamentos especializados. -
Se dictan instrucciones para la unificación de las actuaciones y establecer las acciones prioritarias de los sevicios de orientación educativa.
Novedades en los departamentos de orientación: ampliación de las plazas de orientación educativa. -
Pola que se ditan instrucións para coordinar as actuacións e establecer as accións prioritarias dos servizos de orientación educativa na comunidade autónoma de Galicia.
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Pretende crear y reforzar los instrumentos jurídicos que permitan alcanzar y mantener un clima de convivencia de calidad y, que simultáneamente, dignifiquen la profesión del docente.
Capítulo II
El objetivo de esta ley vincula la regulación de las normas básicas de convivencia en los centros docentes con la participación directa de las familias en el proceso educativo. -
Nuevo consejo orientador a las familias, elaborado por el equipo docente al final de cada curso de ESO: indicará el itinerario más adecuado, así como las medidas de atención y apoyo más adecuadas, como los Programas de Mejora del Aprendizaje y el
Rendimiento.
Formación Profesional: Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo. La tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán una especial consideración.