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En Egipto (4000 a.C.) El faraón Ramsés II creo las leyes, para proteger a los trabajadores y evitar los accidentes de trabajo, así de esta manera, quienes trabajaran en su estatua lo harian de una manera más agradable y su estatua seria más estetica. Existió también el reglamento especial a guerreros, fabricantes y ensambladores de armas
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En Mesopotamia a partir de los diferentes trabajos se reduce la exposición de los trabajadores a diversos agentes químicos, condiciones térmicas alteradas y radiaciones infrarrojas; estos agentes que afectaban a los trabajadores, el gobierno se ve obligadoa a legislar acerca del trabajo y las relaciones labores, esto se puede evidenciar en el Código Legal del rey legislador Hammurabi el cual establecía contratos de trabajo con horarios fijos y 3 días de descanso obligatorio al mes.
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Escribió el tratado Aires, aguas y lugares que fue el primero que se produjo sobre la salubridad, climatología y fisioterapia en el que se hallan consignadas las primeras observaciones generales acerca de los factores determinantes de la enfermedad y la importancia del medio ambiente laboral, social y familia, además analiza la intoxicación por plomo como una enfermedad ocupacional
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El trabajo era netamente manual y físico, ayudado en algunas oportunidades por tracción animal, por lo que la mortalidad y las enfermedades laborales solían confundirse con las enfermedades generales.
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En el siglo X, durante el Renacimiento, en Francia se dictaron las primeras leyes que buscaban la protección de los trabajadores, posteriormente en el siglo XV, Francia fue más allá y se expidieron las Ordenanzas de Francia, en las cuales se especificaba este tema.
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Es considerado el padre de la salud ocupacional
Escribió De morbis artificum diatriba – tratado de enfermedades ocupacionales, en él describe como las posturas, las herramientas, las sustancias dañan la salud -
Se dio inicio a las fábricas o factorías, con gran número de obreros, el trabajo en serie y la industrialización. En esta época se tuvieron grandes dificultades porque los trabajadores estaban sometidos a largas jornadas y en muchos casos a maltratos. La seguridad Industrial se estancó, desde que algunos médicos y estudiosos como Kircher y Ramazzini, hicieron sus aportes en escritos enfocados a la salud ocupacional.
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Los gobiernos empezaron a instaurar controles, en 1778 Carlos III en España instituyó protección para accidentes laborales. En 1802, el parlamento inglés fijó la jornada laboral y las condiciones de higiene y seguridad en fábricas. Posteriormente se reguló el trabajo para las mujeres y los niños. En América repercutió el avance de la Revolución Industrial y así mismo las protestas. Con la revuelta de Chicago se estableció la jornada de 8 horas laborales.
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el movimiento obrero está ligado al proceso de industrialización, el que tuvo mayor desarrollo con el gobierno del general Rafael Reyes, quien utilizó los mecanismos del Estado para implantar el proteccionismo aduanero que hiciera posible la creación de incentivos como mecanismo destinado a orientar los ahorros del trabajador.
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Entre tanto, se iniciaron las inspecciones sanitarias en las industrias, en 1875 se funda en Múnich, el Primer Instituto de Higiene Laboral. Entre 1874 y 1890 se desarrolla la legislación que protege a los trabajadores contra riesgos laborales, auspiciados por Inglaterra y Francia y en 1911 se tuvo la primera indemnización a un trabajador.
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En 1904, Rafael Uribe Uribe trata específicamente el tema de seguridad en el trabajo en lo que posteriormente se convierte en la Ley 57 de 1915 conocida como la “ley Uribe” sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales y que se convierte en la primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional en el trabajo.
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La Ley 57 de 1915 en Colombia, es también conocida como "Ley Uribe", ya que Rafael Uribe fue el que trata especificamente el tema de seguridad en el trabajo. Esta ley trata sobre la accidentalidad laboral y enfermedades profesionales, se convierte en la primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional en Colombia. Obliga a empresas con mas de 15 trabajadores a otorgarles asistencia médica, farmacéutica, pago de indemnizaciones y gastos funerarios.
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Empezando la segunda década del siglo XXI, lo más contemporáneo que tenemos es el siglo XX. Marcado en su primera mitad, por dos guerras mundiales, que afectaron las economías, poblaciones e ideologías en todo el planeta. La Seguridad Industrial, siguió avanzando en: en 1918, la universidad de Harvard, fue la primera en entregar el título de Licenciado en Seguridad e Higiene en el Trabajo. En 1918, se dio inicio a la Organización Internacional del Trabajo OIT.
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Nace la Ley 37 de 1921, que establecía un seguro de vida colectivo para empleados.
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La Ley 10 de 1934 estableció por primera vez en Colombia el contrato de trabajo y, además, creó el llamado "auxilio de cesantía", pero ambos solamente para trabajadores particulares.
El auxilio de cesantía para la época de la Ley 10 de 1934 tenía un carácter de indemnización, ya fue solamente se pagaba al trabajador que fuera despedido. -
La Ley 44 de 1939, de creación del Seguro Obligatorio, así como de indemnizaciones para accidentes de trabajo. El Decreto 2350 de 1944, que promulgaba los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de proteger a los trabajadores en su trabajo.
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Con esta ley, la Ley 6 realmente se cementan las bases de la salud ocupacional en Colombia, se promulgan disposiciones relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos del trabajo.
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Surge la Ley 9 de 1979 que fue la primera aproximación real del gobierno a la protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que señala que “la salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país; su preservación y conservación son actividades de interés social y sanitario en la que participarán el gobierno y los particulares
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MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. Las disposiciones reglamentadas en la presente Resolución, se aplican a todos los establecimientos de trabajo, con el fin de preservar y mantener la salud física y mental, prevenir accidentes y enfermedades profesionales, para lograr las mejores condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores. -
El Sistema de Seguridad Social Integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.
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Con relación a las enfermedades profesionales, el Ministerio de Protección Social expidió el Decreto 2566 de 2009, en el cual se actualizó la lista de enfermedades profesionales. En este decreto, se relacionan 42 enfermedades profesionales, todas ellas reconocidas por la OIT, OMS y otros organismos, y con una clara relación causa-efecto. Igualmente, establece los criterios para la inclusión de nuevas enfermedades en las cuales se demuestre la causalidad factores de riesgo ocupacional
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Actualmente, existen sistemas de protección al trabajador y mayores facilidades para la comunicación y el intercambio de información, Se cuenta con diversos especialistas en Salud Ocupacional y con equipos multidisciplinarios competentes para la investigación en materia de Medicina Laboral.