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Nace Hipócrates quien escribió el tratado Aires, aguas y lugares que fue el primero que se produjo sobre la salubridad, climatología y fisioterapia en la que se hallan consignadas las primeras observaciones laborales acerca de los factores determinantes de la enfermedad y la importancia del medio ambiente laboral, social y familiar.
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Las corporaciones contaban con medidas para proteger a los trabajadores accidentados por el trabajo. Debido a las construcciones los accidentes laborales aumentaron, los pacientes recibían atención medica supervisada por la corporación y ayuda si por causa del accidente no podía laborar.
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Fue el primero en plantear una política orientada hacia la seguridad de los trabajadores.
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Esta ley obligó a las empresas a otorgar asistencia médica y farmacéutica y a pagar indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte.
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Su actividad principal era el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales y su evaluación en materia de indemnización.
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En donde se habla de los riesgos del trabajo, y en julio 1 de 1936 empezó a regir la ley.
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Otorga protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semana de licencia remunerada en la época de parto.
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En 1946 se fundó la Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo, la cual a desarrollado permanentemente labores importantes de promoción de la medicina del trabajo.
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El ministro de trabajo Adán Arriaga Andrade, presentó a consideración del Congreso el proyecto de ley que se convirtió en la Ley 90 de 1946, creadora de los Seguros Sociales.
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Se adopta la primera tabla de enfermedades profesionales y se categoriza lo que se considera como incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y gran invalidez.
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Como aporte de los patrones privados, se creó la entidad CONALPRA, que en 1958 cambió su nombre por el de Consejo Colombiano de Seguridad. (CCS).
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Este sustituyó casi en su totalidad a la Ley 90 de 1946.
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Este inició la universalización de los seguros sociales mediante la aplicación de la medicina familiar.
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Llamado Código Sanitario Nacional, que en su titulo III establece las normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones, emitida por el ministerio de la protección social.
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Expedido por el ministerio de la protección social, por el cual se determinan las para la organización y la administración de salud ocupacional en el país. (DEROGADO)
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En esta se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patrones o empleadores en el país.
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Se crea el Sistema de Seguridad Social Integral, el cual tiene como objetivo mejorar la calidad de vida, acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que afecten a la salud.
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Estableció que el programa de Salud Ocupacional se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
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En este decreto se dictan disposiciones para la implementación del SG-SST, las cuales deben ser aplicadas obligatoriamente por todos los empleadores públicos y privados. (DEROGADO)
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Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario de Sector Trabajo.
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En esta se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empleadores y Contratantes.
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Por medio del cual modifica el art. 2.2.4..6.37 del Decreto 1072 de 2015 sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).