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Se establece la obligación de expedir leyes reglamentarias de relaciones de trabajo para obreros, jornaleros, empleados domésticos, trabajadores, artesanos, etc.
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Se mencionan a los funcionarios estatales y municipales, entendiendo que son trabajadores del Estado, al igual que los diputados.
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Se crean las comisiones para establecer el salario mínimo y del reparto de utilidades
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Si bien se estableció el carácter de socialista, ya se contemplaba la preparación de los maestros, y su régimen como trabajadores del Estado.
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Se establece que el Ayuntamiento será la administración de los municipios, por lo que se crean nuevas relaciones de trabajadores al servicio del Estado
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Se establece expresamente la separación entre los trabajadores de patrones privados y los trabajadores al servicio del Estado
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Se prohíbe el trabajo de menores de 14 años, las labores peligrosas para las mujeres, se establece que habrá un salario mínimo para trabajadores del campo
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Es obligación de las empresas agrícolas, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada a proporcionar habitaciones cómodas e higiénicas
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Se establecen los permisos para las mujeres embarazadas, de los apartados, A y B
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Se reconoce la autonomía universitaria e implícitamente la gestión de sus trabajadores. Además, se estipula que se regirán estas relaciones laborales especiales conforme al artículo 123 y a la Ley Federal del Trabajo.
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Se establece que las relaciones de trabajo de los trabajadores de banca y crédito se regirán por el apartado B.
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Se anexan dos fracciones donde expresamente se ordena regular las relaciones de trabajo entre los Estados y sus trabajadores, así como de los municipios, conforme al artículo 123 constitucional
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Se crea la distinción entre ambos salarios mínimos
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Se ordena a los Estados a emitir sus propias leyes para regular las relaciones de trabajo conforme al artículo 123 constitucional
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Se detallan los procedimientos y requisitos para la elección de funcionarios al servicio del Estado.
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Las entidades que formen parte de la Administración Pública Federal que formen parte del sistema bancario mexicano se regirán por el apartado B
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Se agrega a Banxico en el apartado B para las relaciones de trabajo.
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Se agrega el apartado de las tabulaciones desglosadas para los servidores públicos de los poderes estatales Legislativo, Ejecutivo y Judicial
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Se estipula que deberán emitirse las normas respectivas que regulen orgánicamente al Instituto Nacional para la
Evaluación de la Educación como coordinador del Sistema. -
Se crean estos organismos para el acceso a la información, lo que significa crear nuevos puestos de trabajo para servidores públicos
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Será coordinado por un organismo público descentralizado, cuyos miembros se ajustarán, en su relación laboral, a lo que dispongan las leyes orgánicas.