-
CREACIÓN DEL CONSULADO DE BUENOS AIRES
Se incorporaron las ordenanzas de Bilbao de 1737 (reguladoras específicas del comercio terrestre y marítimo) -
SE PRODUCE LA REVOLUCIÓN DE MAYO
Es por ella que se producen los siguientes cuatro eventos -
CREACIÓN POR ASAMBLEA DE LA MATRÍCULA PARA COMERCIANTES NACIONALES
-
SE CREA LA BOLSA MERCANTIL
Ésta se instaló en 1822 y funcionó por un corto plazo, luego se dictó la Ley de Corredores y Martilleros -
POR RIVADAVIA SE DICTARON DECRETOS
Estos fueron sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzadas de comercio -
ROSAS SUPRIMIÓ POR DECRETO LOS CONCURSOS DE ACREEDORES
Esto fue derogado en 1858 -
SANCIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO NACIONAL
-
SANCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL
Esto llevó a hacer varias reformas en el Código Comercial, las que serán plasmadas en los siete próximos eventos -
PRIMERA REFORMA DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Modificaciones:
1) el valor de los usos y costumbres como fuente de Derechos
2) se suprimió el requisito de la inscripción en matrícula para adquirir carácter de comerciante
3) cambió la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho mercantil, quiebras
4) se ajustaron los contratos de mutuo depósito y prenda, quitando el material considerado civil -
SE SANCIONA EL DECRETO-LEY 5965/63
Este incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés -
SACIÓN DE LA LEY N° 17.418
Esta incorpora un nuevo régimen sobre sociedades -
SANCIÓN DE LA LEY 19.550
Esta incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen sobre sociedades -
SANCIÓN DE LAS LEYES 20.094 Y 20.226
La primera incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen para la navegación y la segunda un nuevo régimen para martilleros -
SANCIÓN DE LAS LEYES 24.452 Y 24.522
La primera incorpora un nuevo régimen de cheques y la segunda un nuevo régimen de concursos y quiebras -
SANCIÓN DE LA LEY 26.579
Esta entre otras cosas modificó la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 años a 18 años. -
COMIENZA A REGIR EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
El Código de Comercio de 1862 fue derogado por la Ley 26.994 que sanciona el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y Reforma la Ley de Sociedades. Éste considera a las personas de forma unificada y las clasifica como "personas humanas" o "personas jurídicas"; también hace desaparecer la diferencia entre contratos civiles y comerciales y el registro público no es más de comercio, sino registro público a secas.
Continúa vigente aún en la actualidad y es fuente del Derecho Comercial.