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Regulaban especificamente el comercio terrestre y maritimo. -
Consulado de Comercio de Buenos Aires
Se crea el consulado de comercio de Buenos Aires, el cual cumple una doble función: judicial y administrativa. Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policía del comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y las Ordenanzas Reales de Castilla. -
Creacion de la aduana de Buenos Aires -
Se crean normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
Funciono durante un breve lapso. Se dicta la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Decretos sobre actos de comercio, las causas de comercios y alzada de comercio. Inspirado por Rivadavia. -
Proyecto de codigo de comercio a cargo de Eduardo Acevedo y Dalmacio Velez Sarsfield. -
Solamente en la ciudad de Buenos Aires
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Reintegrado el estado de buenos aires a la confederación, se sanciono dicha ley por la cual se cambio para toda la noción el código de comercio, que hasta dicho momento, regia solo en la provincia de Buenos Aires. -
Se plantea la necesidad de reformar el codigo de Comercio.
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Las principales modificaciones introducidas fueron:
1- El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2- Se suprimio el requisito de la inscripcion en la matricula para adquirir la calidad de comerciante.
3- Cambios en la reglamentacion sobre: Corredores, Empresas de transporte, Bolsas, Sociedades, Compraventa, Fianzas, Letras de cambio, Cheques, Derecho maritimo, Quiebras.
4- Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda. -
Se incorpora al viejo codigo de comercio un nuevo regimen de seguros.
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Se incorpora al viejo codigo de comercio un nuevo regimen sobre sociedades.
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Se incorpora al viejo codigo de comercio un nuevo regimen para la navegacion. La Ley 20.266 incorpora un nuevo regimen para los martilleros.
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Se incorpora al viejo codigo de comercio un nuevo regimen de cheques. La Ley 24.522 incorpora un nuevo regimen de concursos y quiebras.
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Se modifica la edad para adquirir la mayoria de edad pasando de 21 años a 18 años.
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Pasa a regir en el pais el Codigo Civil y Comercial de la nacion, el cual puso fin al proceso de unificacion del derecho privado en Argentina. Este codigo es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro pais y es la principal fuente de derecho comercial.
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La disciplina comercial subsiste con su configuracion, normativas, con sus contenidos diferenciados y con sus finalidades.