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Durante la dominación Española, se aplicaron las Leyes de Indias, específicamente creadas para las Colonias Americanas, y supletoriamente las Leyes Castilla.
A partir de la creación del Consulado de Buenos Aires en 1794, se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737, que regulaban el comercio terrestre y marítimo. -
El Consulado regulaba el comercio y actuaba como tribunal en asuntos mercantiles. Estableció el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y Ordenanzas Reales de Castilla. Funcionó hasta 1859 con un régimen jurídico que se mantuvo sin grandes cambios hasta esa fecha.
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1813: Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales y normas sobre consignaciones. 1821: Creación de la Bolsa Mercantil y dictado de la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. 1822: Se dictaron tres decretos sobre actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio. 1836: Por decreto, Rosas suprimió los concursos de
acreedores. -
1862: Se sanciona el Código de Comercio, que adopta para toda la Nación lo que regía en la Provincia de Buenos Aires desde 1860. 1869: Se sanciona el Código Civil, lo que plantea la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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. Primera gran reforma, que introdujo el valor de los usos y costumbres como fuente de derechos, entre otros cambios. . Incorporación de nuevos regímenes sobre letras de cambio, pagarés, seguros, sociedades, navegación, martilleros, cheques, concursos y quiebras.
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En agosto de 2015, el Código de Comercio fue derogado y se estableció el Código Civil y Comercial de la Nación, como la principal fuente del derecho comercial en Argentina.
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Aunque el nuevo código unifica el derecho civil y comercial, la materia comercial sigue existiendo con sus propias normas y características.