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Durante la época colonial se aplicaban las Leyes de Indias, dictadas especialmente para las colonias americanas, y supletoriamente las Leyes de Castilla. Regían las actividades económicas y comerciales en el territorio.
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Se crea el Consulado de Comercio de Buenos Aires, tribunal encargado de los asuntos mercantiles. Aplicaba las Ordenanzas de Bilbao y marcó la separación entre jurisdicción civil y comercial. Tuvo funciones judiciales y administrativas
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La Asamblea del Año XIII establece la matrícula para los comerciantes nacionales. También se dictan normas sobre consignaciones y sobre el nombramiento de contadores peritos en litigios comerciales.
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Se crea la Bolsa Mercantil, instalada al año siguiente, y se dicta la ley sobre corredores y martilleros. Aunque tuvo corta duración, fue un intento inicial de institucionalizar el comercio bursátil.
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Por iniciativa de Rivadavia, se dictan tres decretos importantes: sobre actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio. Constituyen antecedentes regulatorios clave.
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Durante el gobierno de Rosas se eliminan los concursos de acreedores, lo cual fue posteriormente revertido en 1858.
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El Estado de Buenos Aires encarga a Eduardo Acevedo (con colaboración de Vélez Sarsfield) el primer proyecto de Código de Comercio, que se presenta en 1857.
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El Código de Comercio se aprueba sin discusión en la Legislatura del Estado de Buenos Aires y comienza a regir en 1860, pero solo en esa provincia.
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Tras la reincorporación de Buenos Aires a la Confederación, se sanciona la Ley 15 que adopta el Código de Comercio de 1859 para toda la Nación Argentina.
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Se sanciona el Código Civil, lo que genera conflictos normativos con el Código de Comercio y da lugar a posteriores reformas.
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Primera gran reforma del Código de Comercio. Se reconocen los usos y costumbres, se eliminan requisitos de matrícula y se ajustan normas sobre contratos, quiebras, transporte y sociedades.
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Se dicta el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen específico sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley 17.418 que establece el régimen jurídico moderno del contrato de seguros en Argentina.
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La Ley 19.550 incorpora al Código un nuevo régimen sobre sociedades comerciales, vigente con reformas hasta la actualidad.
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Se sancionan la Ley 20.094 (Navegación) y la Ley 20.266 (Martilleros), que reforman el régimen jurídico en sus respectivos ámbitos.
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Se sancionan las leyes 24.452 (régimen de cheques) y 24.522 (concursos y quiebras), actualizando instituciones clave del derecho comercial.
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La Ley 26.579 modifica la mayoría de edad, reduciéndola de 21 a 18 años. Tiene implicancias en la capacidad para ejercer el comercio.
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Entra en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, por Ley 26.994. Se deroga el Código de Comercio. Se elimina la distinción entre sujetos civiles y comerciales, unificando el derecho privado en un solo cuerpo normativo.