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Es un plan de beneficios compuesto por intervenciones de promoción de la salud y gestión del riesgo, las cuales se enmarcan en las estrategias definidas en el Plan Territorial de Salud
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Establece el derecho de todos los colombianos a la atención a la salud en su artículo 49. Entendiendo que la atención de la salud y el
saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Frente a lo cual se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. -
La Ley 100 de 1993) reúne coordinadamente un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
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Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.”
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Esta ley hace reformas en los aspectos de dirección,
universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud
pública y de las funciones de, inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud. -
Por el cual se adopta el Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010
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Reforma del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que busca su fortalecimiento con una estrategia de atención primaria en salud (APS)
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Es producto del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, y busca la reducción de la inequidad en salud.
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La cual se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial, y las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales.
Esta describe, como las direcciones territoriales deberán planear sus acciones para contribuir con los retos del Plan Nacional de Salud Pública -
Establece las disposiciones para el proceso de Planeación Integral para la Salud a cargo de las entidades territoriales del nivel departamental, distrital y municipal como de las instituciones del Gobierno Nacional, también incluye las obligaciones que tienen las EPS, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB y las Administradoras de Riesgos Laborales ARL para cumplir con el proceso de planeación acogiendo e integrando en los insumos que permitan su ejecución.