-
Por: Lorena Lisbeth Martínez Peraza y Alejandra Martínez Alfaro.
-
El origen del Derecho Laboral se remonta históricamente al período de la decadencia del Imperio Romano lo que a primera vista parece una contradicción, ya que el derecho constituyó la aptitud más sobresaliente de los romanos e incluso, los primeros cinco siglos de Roma se redujeron exclusivamente a cimentar el cuerpo de leyes que regían su vida civil, penal y militar, al que agregaron en el siglo III la jurisprudencia o sea el conjunto de sentencias y disposiciones con fuerza de ley.
-
Según los investigadores de la historia patria, las sociedades indígenas generaban excedentes económicos basados en la explotación agrícola y producción de objetos artesanales como cerámica, esteras, ropa y telas de algodón.
Ya en víspera de la conquista, el cacao se convierte en una especie de moneda y como tal lo relata un cronista español servía para el intercambio comercial. -
En esta edad el comercio se organiza y hay casas que trabajan como instituciones financieras tales como Bancos que expiden letras de cambio y otros documentos que ahora son parte del Derecho Mercantil. Surgen de nuevo las corporaciones de oficios artesanales, cuyos antecedentes ya se vieron someramente, se originaron durante el decaimiento del poder de la Antigua Roma con los colegios de oficios (corpus habere).
-
A partir de 1525 se asientan las primeras poblaciones fundadas por españoles en territorio salvadoreño y esto hizo que el indígena sufriera un proceso de transformación. Durante el lapso de la conquista que duró alrededor de setenta y cinco años (1525-1600), pero los españoles peninsulares ocuparon en estos años la cúspide de una pirámide socioeconómica y laboral que se asentaba en el trabajo no remunerado del indio.
-
Se consolida el dominio español, donde a la par de la acelerada disminución de la población indígena y el crecimiento del mestizaje.
Se incrementa la producción del tinte vegetal llamado “añil” pero al ver la debilidad del nativo para trabajar en los obrajes, el rey de España prohíbe en 1581 “contratar” indios para esa producción. También se incrementa la explotación minera. -
Históricamente también se pueden plantear siete etapas cruciales en la evolución moderna del Derecho Laboral:
PRIMERA ETAPA: Comprende desde la Revolución Francesa (1789) hasta la Revolución Industrial en Inglaterra. Sus características fueron: Jornadas excesivas de hasta catorce horas continuas; trabajo infantil indiscriminado, situación paupérrima de las familias trabajadoras (Marx las denominó proletarias). -
Los franceses derrotan a la monarquía absolutista, cuyo último rey fue Luis XVI y se proclama “La Declaración de los Derechos de los Hombres y de los Ciudadanos” uno de los documentos más importantes de la Revolución Francesa. Las ideas revolucionarias de Francia, el auge de la industrialización y la independencia de las primitivas ex colonias que conformaron después los Estados Unidos de América, alentaron a los pueblos de Hispanoamérica a luchar contra el coloniaje.
-
Desde la Revolución Industrial Inglesa hasta la unificación del Estado Prusiano con el Canciller Otto Bismarck. La revolución industrial, según explica Cabanellas, fue una expresión para designar el período de la historia económica de Inglaterra entre 1760 y 1830 originada por la intensificación del maquinismo que vino a sustituir la destreza manual del obrero, así como por la rápida evolución de la industria textil y los inventos de las máquinas de vapor.
-
Con la instauración del sistema republicano, las condiciones socioeconómicas y laborales no mejoraron para nada. Sin embargo, al levantarse el censo poblacional de 1858 se denota un hecho especial: comienzan a aparecer nuevos oficios y profesiones en el sector urbano salvadoreño de las grandes ciudades. Por ejemplo, en San Salvador funcionaba desde junio de 1824 una imprenta y se editaba el primer periódico llamado “Seminario Político Mercantil” y se contaban varias industrias.
-
En 1862, el príncipe Otto von Bismarck comenzó a dirigir la política del reino de Prusia orientándole a la unificación alemana que logró con la coronación del rey Guillermo I como Emperador de Alemania en 1871. Gracias a su influencia se decretaron leyes laborales en forma ordenada que regulaban el trabajo de hombres, mujeres y niños. Derogó penas de encarcelamiento y torturas para los obreros que se agremiaban y derogó las prohibiciones de organizarse.
-
Durante la administración del Lic. Francisco Dueñas, que en la Constitución se encuentra el Art. 98 que literalmente reza: “El Salvador reconoce derechos y deberes anteriores y posteriores a las leyes positivas, tiene por principios la libertad, la igualdad y la fraternidad, y por bases la familia, el trabajo, la propiedad y el orden público”. Por primera vez aparece en la Ley Fundamental el vocablo trabajo, definido como una de las bases del Estado.
-
En 1862, Inglaterra se suma a las innovaciones jurídicas prusianas y reconoce las asociaciones profesionales dándoles estatus jurídico, firmándose en consecuencia el primer contrato colectivo de trabajo conocido con los representantes obreropatronales de la industria del alambre. En Francia, por su parte en 1874 restablece la jornada de diez horas para satisfacer su crecimiento industrial y aprueba la Ley de Accidentes de Trabajo que fue muy difundida entre los países latinoamericanos.
-
Bajo la administración del General Francisco Menéndez se aprobó la Constitución de 1886 que fue la que tuvo mayor vigencia: hasta 1939 y momentáneamente en 1944. Allí apareció el Art. 15 que decía: “Nadie puede ser obligado a prestar trabajo o servicios personales sin justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo que por motivos de utilidad pública se establezcan por ley”.
-
En mayo de 1911, el presidente Dr. Manuel Enrique Araujo, aprueba la “Ley sobre Accidentes de Trabajo” que puede considerarse el primer instrumento legal en el ámbito laboral salvadoreño de la época republicana. Referente a esta ley por primera vez en la historia nacional, se obligaba al Estado y a los patronos a compartir la responsabilidad de indemnizar a los trabajadores que debido a accidentes de trabajo quedasen incapacitados.
-
QUINTA ETAPA: También se produce en Alemania. Al concluir la I Guerra y firmarse la paz en Versalles, surge un gobierno republicano con una nueva Constitución (Constitución de Weimar, 1919) que regula el trabajo y reconoce tres derechos esenciales de la clase obrera: a la seguridad laboral, a la huelga y al de asociación. Se establece la Organización Internacional del Trabajo en los Estados Unidos de América (OIT).
-
Aparece el derecho laboral colectivo. Se manifiesta con fuerza la necesidad de regular internacionalmente los problemas laborales de las nuevas naciones. Por primera vez se habla de establecer “jornadas cortas de trabajo”.
-
En 1931 sube al poder el General Maximiliano H. Martínez, quien en 1935 alcanza mayoría para un nuevo período. En 1939, vuelve a reelegirse y decreta la nueva Constitución donde aparece, por primera vez en la historia constitucional, un capítulo completo titulado “Familia y Trabajo".
En ese mismo año de 1939, el Presidente Martínez nombra al general José Tomás Calderón, como Ministro que ocupa por primera vez el Despacho de Trabajo. -
Las Constituciones de Francia, Italia y Alemania reafirman su fe en el derecho laboral para la solución de los problemas sociales y económicos. Crece la intensidad de regular un Derecho Laboral Internacional. Se promulga la Declaración Universal de los Derechos del trabajador y surgen las ideas sobre la Seguridad y Previsión Social.
-
En 1945 vuelve a promulgarse otra Constitución que trae en su contenido artículos como el Art. 155 que define al trabajo como “un derecho y un deber, ambos de carácter social. El Estado ocupará los recursos que estén a su alcance para fomentar fuentes de ocupación”.
-
En 1950 vuelve a promulgarse otra Constitución donde se incluye el Capítulo II sobre “Trabajo y Seguridad Social” definiendo al trabajo como “una función social que goza de la protección del Estado y no se considera artículo de comercio”, redacción que se ha mantenido incólume en la actual Constitución de 1983. En el año de 1950 asciende a la presidencia del país el Coronel Oscar Osorio quien fija las directrices del que se llamó Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
-
En 1962, se promulga otra nueva Constitución copia fiel de la anterior dada en tiempos de Osorio, aunque se hicieron algunas pocas enmiendas. En 1963, el Presidente, Coronel Julio Adalberto Rivera, logra la aprobación legislativa del llamado “Código Laboral”, cuya vigencia se mantuvo hasta 1972.
-
En 1973 se aprueba el actual “Código de Trabajo” que con algunas reformas se mantiene vigente casi treinta años después de convertirse en Ley de la República.
-
Constitución que incluye algunas reformas, derivadas en gran parte por las circunstancias sociopolíticas que conmocionaban a la nación salvadoreña en esos momentos como fue el surgimiento de la guerra civil. A la Constitución de 1983 se le han hecho reformas, pero lo referente a la temática específica de trabajo es que esta Carta Magna incluye en su Capítulo II de “Derechos Sociales” la Segunda Sección titulada “Trabajo y Seguridad Social”.