Movimiento social ecologista en México.

  • ¿Qué es?

    El movimiento ecologista defiende la protección medio ambiente para satisfacer una necesidad humana, incluyendo necesidades espirituales y sociales. Proponiendo la necesidad de reformas legales y concienciación social tanto en gobiernos, como en empresas y colectivos sociales. El movimiento ecologista está unido con un compromiso para mantener la salud del ser humano en equilibrio con los ecosistemas naturales, se considera la Humanidad como una parte de la Naturaleza y no algo separada de ella.
  • Movimiento ecologista

    El Movimiento Ecologista tiene tres raíces principales: conservación y regeneración de los recursos naturales, preservación de la vida salvaje y el movimiento para reducir la contaminación y mejorar la vida urbana.
  • 50, 60, 70s

    Durante estos años ocurrieron varios eventos que avivaron la conciencia medioambiental del daño al entorno causado por el hombre. El movimiento ecologista inicial se centraba en la reducción de la polución de agua y aire. Las presiones de desarrollo en rápida expansión para preservar territorios únicos y hábitats de vida salvaje, para proteger las especies en peligro de extinción antes de que desapareciesen.
  • Leyes

    En los Estados Unidos, durante la década de 1970 se aprobaron leyes como el Clean Water Act, Clean Air Act, Endangered Species Act y National Environmental Policy Act las cuales han sido las cimientos para los estándares medioambientales desde entonces.
  • Más y más preocupaciones.

    Las preocupaciones medioambientales se han ampliado incluyendo conceptos como la "sostenibilidad", el agujero de ozono, el cambio climático, la lluvia ácida, y la polución biogenética.
  • HISTORIA DEL MOVIMIENTO ECOLOGISTA EN MEXICO

    Se comenzó a salir a las calles de la Ciudad de México para manifestarse en contra de la construcción de la Planta Nuclear de Laguna Verde.
  • Se forma en México gracias a las siguientes necesidades

    Los asuntos ambientales en México han adquirido tal complejidad, sus causas particulares en: la contaminación del aire, agua, suelo, erosión, manejo de residuos peligrosos y desechos sólidos, impactos ambientales, ordenamiento ecológico del territorio, manejo de áreas naturales protegidas, defensa de especies en peligro de extinción, legislación ambiental, educación ambiental, derecho a la información, cambio climático, ecotecnologías, energías alternativas, agricultura orgánica, transgénicos,.
  • Formas del movimiento

    Las formas de tramitarlas, van desde la organización de grupos comunitarios organizados en torno a problemas ambientales concretos, hasta formación de instituciones y fundaciones que desarrollan proyectos específicos en su mayoría con financiamiento internacional, organizaciones de carácter científico, de consultoría, educativas,
  • Conservacionistas vs. Ecologistas

    El movimiento conservacionista esta dedicado a la protección de la biodiversidad y de los ecosistemas, acotando su actuación a los temas "verdes" (recursos naturales); mientras que, los ambientalistas buscan un desarrollo sustentable, incorporan temas "cafés" o "grises" a sus agendas de trabajo (emisiones contaminantes), pero también dimensionan sus acciones abordando la componente social del problema (pobreza, economía, comercio).
  • SEMARNAP

    A partir de la Cumbre de la Tierra en 1992 se crea la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (Semarnap),
  • Los Derechos de la Naturaleza

    En marzo de 2017, el Parlamento de Nueva Zelanda otorgó estatus de personería jurídica al río Whanganui, solicitado por el pueblo indígena maorí. El curso de agua, el tercero más largo del país, tendrá derechos y deberes jurídicos y podrá ser representado en un tribunal por un delegado del Estado y otro del pueblo originario.
    Le siguió la corte de Colombia, un río “es sujeto de derechos” y ordenó su protección y conservación.
  • Derechos en México

    Se trata de un proceso iniciado en Ecuador y Bolivia, con avances en Brasil, Argentina y México, y con debates en el mismo sentido en Naciones Unidas.
    Entre los objetivos específicos sobresale la necesidad de “extender la subjetividad jurídica más allá de los seres humanos”.