Manejo de los residuos sólidos en Puerto Rico

  • Departamento de Salud establece una Sección de Desperdicios Sólidos

    mejorías en las condiciones sanitarias, los servicios médicos y las condiciones socio-económicas del país en general.
  • Secretaría Auxiliar de Recursos Naturales en el Departamento de Obras Públicas

    ccidente serio y de gran repercusión ocurrido cuando un tanquero derramó grandes cantidades de petróleo en la Bahía de San Juan.
  • Vertederos como posible fuente de contaminacion de agua

    los vertederos ocupaban sobre 500 cuerdas de terrenos, instalaciones eran identificadas por el Departamento de Salud como fuentes potenciales de contaminación del agua.
  • Se crean dos comisiones: una de Recursos Naturales y otra sobre Contaminación Ambiental

    Primer paso para la programacion sobre la Ley de Politica Ambiental de P.R
  • Departamento de Salud y secretarías auxiliares Salud Ambiental y Protección al Consumidor

    calidad del ambiente, que comprende la contaminación de agua, aire y desechos sólidos.
  • Estado Unidos establece EPA

    Mission por proteger lasalud humana y salvarguard el ambiente natural
  • el primer Plan Comprensivo para Manejo de los Desperdicios Sólidos de Puerto Rico

    describe el problema de los desperdicios y demuestra que las prácticas existentes de recolección y disposición son inadecuadas
  • Vertederos ilegales clandestinos

    existían 1,344 vetederos clandestinos en Puerto Rico, el equivalente a 14 por municipio
  • Ley Federal de Aire Limpio

    establece normas de calidad de aire
  • Ley numero 9

    Ley sobre la Plitica Ambiental de P.R, da paso a la creacion de JCA
  • Ley de Agua Limpia

    cero descargas tóxicas en cuerpos de agua superficiales donde se puede y se permite nadar y pescar
  • Ley de Conservación y Recuperación de Recursos

    se delinean las normas para la construcción y operación de instalaciones de disposición de desperdicios sólidos, se aplican principalmente, al manejo de desperdicios no peligrosos
  • Autoridad de Desperdicios Sólidos

    A partir de la Ley Número 70 se emniedna y se crea ADS como una empresa de servicio público responsable, principalmente, de la planificación, el financiamiento y la operación de servicios que incluyen la transportación, el procesamiento, la recuperación de recursos y la disposición final de desperdicios sólidos en Puerto Rico
  • Reglamento para el Control de los Desperdicios Sólidos Peligrosos y No Peligrosos.

    Documento publicado por la JCA con el propósito de establecer los requisitos para la administración y monitoría de las actividades relacionadas con las instalaciones de facilidades de desperdicios sólidos no peligroso
  • Aprobada la Ley Número 64

    través de la cual la ADS fue provista de autoridad para desarrollar y ejecutar un Plan Regional para la Ubicación de Facilidades para el manejo y disposición de desperdicios sólidos
  • Se emitió la Orden Ejecutiva Número 1990-43

    Mediante esta orden, se propone estimular a las agencias gubernamentales a implantar programas de reciclaje en coordinación con la ADS y requerir que todas las dependencias públicas modifiquen sus reglamentos de subastas y compras, de modo que se facilite la adquisición de productos reciclados y reciclables
  • ADS Plan Regional para la Ubicacion de Facilidades

    como resultado de la Ley Número 64, en el cual se presentó un programa propuesto mejoras para el manejo apropiado de los desperdicios sólidos en Puerto Rico. Se recomendaba en éste el cierre inmediato de varios vertederos existentes, el desarrollo de tres plantas de incineración, 17 vertederos, tres vertederos para cenizas y 20 estaciones de trasbordo
  • EPA publicó el Criterio Final

    El cual concedía a los estados, Puerto Rico incluido, 24 meses para adoptar e implantar un programa de permiso, o sea, enmendar la reglamentación vigente de desperdicios sólidos no peligrosos y atemperarla con el criterio final.
  • 32 Vertederos cerrados

    Instalaciones no cumplía con lo estipulado en la reglamentación y presentaba las siguientes situaciones: operación deficiente, escasez de material de cobertura, capacidad de acopio limitada y ubicación en áreas ambientalmente sensitivas; ausencia de sistemas para el control de gases, la recolección y el tratamiento de los lixiviados y el desvío de la escorrentía del área activa; ausencia de programas para detectar y prevenir la disposición de desperdicios peligrosos etc.
  • La Resolucion Conjunta 733

    Esta establece que la ADS no podrá invertir fondos públicos en la investigación, desarrollo o construcción de tecnología que conlleven la incineración de desperdicios sólidos
  • Resolucion de Conjunta

    Se declara, como política pública de la Asamblea Legislativa, el rechazo a la incineración como medio para disponer de los desperdicios sólidos dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
  • Programa de Operacion Cumplimiento

    Con el fin de colaborar con los municipios y operadores de SRS en la optimización de la capacidad de operación, controles ambientales y la administración de los recursos económicos.
  • 31 SRS mal opperados

    No todas estas instalaciones tenían permiso de operación y no se están llevando a cabo muestreos de las aguas superficiales, subterráneas y de gases en todas ellas.
  • Ley 8 ¨Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos¨

    prohibir contratos de exclusividad por compañías que adquieren, venden o ceden materiales reciclados o para reciclar en la Isla. A fin de garantizar una mejor salud al Pueblo, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico entiende necesario prohibir este tipo de contrato, con el propósito de que siempre que se puedan proveer mejores oportunidades de reciclaje, se realicen sin tener que estar atadas mediante un contrato a una empresa en particular.
  • Ley 35 ¨Reducción y el Reciclaje de P.R¨

    Se le dé la opción a los Municipios de Puerto Rico de nombrar y reasignar funcionarios municipales de confianza y académicamente preparado para ejercer la función de Coordinador de Reciclaje de manera que pueda cumplir con lo requerido por esta Ley. El cual elaborar mecanismos para reducir el volumen de desperdicios que se generan en la Isla y promover el desarrollo de consorcios municipales para el establecimiento de proyectos de reducción, reutilización y reciclaje, entre otros.
  • Ley 195 ¨Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos¨

    El propósito de disponer que las agencias públicas e instrumentalidades y los municipios del Estado Libre Asociado de Puerto Rico deberán comprar baterías restauradas para vehículos de motor, neumáticos recauchados y aquellos materiales reciclados autorizados por la Autoridad de Desperdicios Sólidos.
  • Ley 201 ¨Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico¨

    La medida propuesta requerir que las agencias y corporaciones públicas del Gobierno, tales como el Departamento de Educación, la Autoridad de los Puertos a que utilicen parachoques fabricados con plástico reciclado en Puerto Rico. De este modo, se estimula el uso de materiales reciclados y se contribuye a la conservación del ambiente
  • Ley 38 ¨Recuperación de Bolsas Plásticas

    Mediante la misma se hace compulsorio que
    todos los establecimientos comerciales
    establezcan programas de recuperación para el
    reciclaje de las bolsas plásticas provistas por un
    establecimiento comercial a un consumidor en
    un punto de venta.
  • Ley Numero 247

    queda prohibido que los establecimientos comerciales en Puerto Rico proporcionen bolsas plásticas desechables a sus clientes
  • Ley Numero 46

    proponemos la creación de una guía de productos elaborados de material reciclado en Puerto Rico, la cual deberá estar accesible a la población en general, incluyendo el sector público y privado, con el fin de que se conozca la oferta de material o productos reciclados para consumo, proponemos establecer un plan de mercadeo y orientación para fomentar el consumo de estos productos en Puerto Rico, para disminución del impacto negativo que produce la basura en el medio ambiente.