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Durante este tiempo se formó en América una sociedad en la que las costumbres, la lengua y la religión traídas por los españoles se mezclaron con la cultura indígena y, más tarde, con la africana.
El Reino español les dio a las tierras americanas descubiertas una organización administrativa, política, social y económica. -
se instauro la obligación de curar a los indios que fueran víctimas de accidentes y enfermedades en el trabajo, esta obligación implicaba tratamiento médico
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El primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señaló: «El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política
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gran importancia en lo referente a la reglamentación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, la clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Históricamente establece la primera y estructurada definición de Accidente de Trabajo.
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Que dictaminaba medidas de Higiene y Sanidad para empleados y empleadores.
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El ministro jose antonio montalvo teniente el primer proyecto de ley a implantar los seguros sociales en colombia.
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Se crea la primera oficina de medicina laboral con sede en bogota,formando una red la cual fue nombrada oficina nacional de medicina e higiene industrial , quedando incorporada en el minesterio de trabajo.
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Se establece la legislacion laboral donde se habla de los riesgos de los trabajadores.
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Fundamentada la sociedad colombiana de medicina del trabajo.
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entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías ypensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARP)
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en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día
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El Decreto 3170 de 1964 aprueba el Reglamento del Seguro
Social obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, donde bajo la fi losofía y características del modelo alemán de Seguro Social Obligatorio, el Instituto Colombiano de Seguros Sociales inicia la cobertura en riesgos profesionales para la población trabajadora de las zonas urbanas del sector formal, industrial y semi-industrial -
se desarrolló la legislación en salud ocupacional del sector público y se expidieron los Decretos 3135 de 1968 y 1848 de 1969 que reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos
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Nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas
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Créase el "Comité Nacional de la Salud Ocupacional", con carácter permanente para diseñar y coordinar los programas de Salud Ocupacional
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Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional
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Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984 -
En el marco del “Primer Congreso Nacional de Entidades
Gubernamentales de Salud Ocupacional” efectuado en 1990, se
propuso el Segundo Plan Nacional de Salud Ocupacional 1990-
1995, cuyo propósito esencial fue reducir la ocurrencia de accidentes de trabajo y la aparición de enfermedades profesionales. -
Se ocupa específicamente de la seguridad social, y la sitúa dentro de los derechos sociales, económicos y culturales, como un instrumento moderno de la política social que debe desarrollar el Estado
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Durante el desarrollo del segundo Plan Nacional de Salud
Ocupacional se expidieron la Ley 100 de 1993 y el Decreto-Ley
1295 de 1994, normas que reorientaron la salud ocupacional
y crearon el Sistema General de Riesgos Profesionales, dando
origen a nuevas estructuras técnicas y administrativas. -
Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que pueden afectar la salud individual
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Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias
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La Ley 879 del 2000, permitió la intermediación de la contratación a través de cooperativas de trabajo, que, en muchos casos, desatienden las normas mínimas relativas a la seguridad social.
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El Decreto 1607 del 2002 establece la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas, según la cual se establece a cuál clase de riesgo pertenece cada actividad económica, y la empresa cotiza según la clase de riesgo a la que se encuentre clasificada suprincipal actividad económica
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Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo
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Por la cual se adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional Basadas en la Evidencia.
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Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
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El Decreto 1832 de 1994 y posteriormente el Decreto 2566 de
2009 establece la Tabla de Enfermedades Profesionales que incluye 42 patologías taxativas y la posibilidad de que en los casos en que la enfermedad no figure en la tabla se deba determinar la relación de causalidad entre el factor de riesgo y la enfermedad. -
Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.
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Actualizacion de la tabla de enfermedades laborales
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La implementación del SG-SST es de obligatorio cumplimiento. Las empresas, sin importar su naturaleza o tamaño, deben implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
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a cual se definen los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST aplicables a todos los empleadores y contratantes de personal, donde se especifican el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento, indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades.