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Se rigieron por ordenanzas del Bilbao, vigentes hasta 1854.
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regulaban de manera mas completa a los juicios Mercantiles.
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Siendo presidente del país Antonio López de Santa Anna y ministro de justicia D. Teodosio Lares a quien se le atribuye la paternidad de dicho código.
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Código de Lares derogado por los artículos 12 y 16 de la ley de Juárez.
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En su libro VI, trata de los juicios mercantiles.
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Se califico como copia mutilada del código de comercio, regula los juicios mercantiles pero deja lagunas que se suplen con los ordenamientos procesales locales,
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regulado por el libro V del código de comercio vigente hasta el día de hoy (presidente Porfirio Díaz)
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Proceso Mercantil regulado en el código de comercio de 1889 permaneció intacto hasta la reforma de 4 de enero de 1989, casi un siglo
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La gran reforma procesal. la justificación fue no afectar a los deudores de la banca, con la tramitación mas rapida o expedita de los juicios.
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Excluye de la misma manera todos los procesos surguidos con motivos del crédito, contratos ante la misma, en esta era aplicable la Ley de Procedimientos local respectiva.
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Excluye de la misma manera todos los procesos surgidos con los motivos de crédito, contratos ante la misma, en este era aplicable la Ley de Procedimientos local respectiva.
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Se publica el decreto que reforma el articulo 1054 del código de comercio y se incluye nuevamente la ley de procedimiento local respectiva.
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Se reforma con la finalidad de dejar en claro que después de acudir a la legislación procesal civil federal se acudirá a la local, siempre y cuando la primera no regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera.