LÍNEA DE TIEMPO SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y NORMATIVIDAD LEGAL EN COLOMBIA
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Contempla su trabajo DE RE METALLICA, describe tecnicas para mejorar el trabajo de los mineros haciendo mas eficiente la ventilacion. Ya que reconoce las enfermedades que pueden sufrir los mineros
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Publico " De los oficios y enfermedades de la montaña.", La sociedad ante esta obra son consientes de las enfermedades producidas por la silicosis e intoxicaciones por plomo y mercurio que viven los mineros y fundidores de metales.
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Publico " De las enfermedades de los artesanos." Se empieza a tomar conciencia sobre la labor que realiza cada hombre y las implicaciones a su salud que puede llevarle. Se adiciona la pregunta ¿ Cual es su ocupación? al interrogatorio medico.
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La vida de los trabajadores no superaba los 30 años, debido a las precarias condiciones de trabajo y a la idea, cualquier empleado es fácil de reemplazar. Sin embargo debido al desarrollo tecnológico y a la certificación y mano de obra mas capacitado se empieza a tomar una postura a favor de las condiciones laborares de los empleados, de lo contrario se vería reflejado en perdidas para la empresa.
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“El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad, y mayor suma de estabilidad política“. Empieza a surgir la idea de implementar un sistema de salud en el trabajo
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Inicia la primera ley que "Protege las fuerzas de productividad." Se empieza a tomar medidas referente al ritmo de trabajo, la jornada laboral, etc. surgiendo la seguridad ocupacional como ley
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Donde expresa: “Creemos en la obligación de dar asistencia a los ancianos, caídos en la miseria y que ya no tienen fuerzas para trabajar; veremos que es necesario dictar leyes sobre accidentes de trabajo y de protección del niño, de la joven y de la mujer en los talleres y en los trabajos del campo, creemos que es necesario obligar a los patronos a preocuparse de la higiene, del bienestar y de la instrucción gratuita de los desamparados….”
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General Rafael Uribe Uribe pidió que se indemnizara a los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo, aduciendo que "si un soldado cae en un campo de batalla, o de por vida queda lisiado, porque si se le indemniza y a un trabajador que pierde su capacidad laboral en su batalla diaria por la vida no se le indemniza".
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Posteriormente a la muerte del General Rafael Uribe Uribe. Se aprueba la ley 57 de 1915 donde obliga a las empresas tales como alumbrado y acueducto público, ferrocarriles y tranvías, fabricas de licores y fósforos, empresas de construcción y albañiles, etc. a otorgar asistencia médica y farmacéutica y a pagar indemnizaciones encaso de incapacidad o muerte” y a este ultimo evento a sufragar los gastos indispensables de entierro.
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EL MINISTRO JOSE ANTONIO MONTALVO PLANTEA EL PRIMER PROYECTO DE LEY TENDIENTE A IMPLANTAR LOS SEGUROS SOCIALES EN COLOMBIA EL CUAL SE ARCHIVA POR MUCHOS AÑOS
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Se crea la oficina de medicina laboral a nivel nacional con sede en Bogota, su objetivo principal es dar el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades relacionadas con estas posteriormente a su evaluación en materia de indemnización
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Empieza a regir la ley donde se tiene encuentra los diferentes riesgos a los que se enfrentan los trabajadores
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Se otorga la protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada durante la época del parto.
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Bajo la administracion de Alfonso Lopez Pumarejo, el ministro del trabajo Adan Arraiga Andrade retoman el proyecto de seguros socialesel cual se ractifica el 11 de diciembre de 1946 el doctor Carlos Echeverri Herrera. Comenzó a operar con los únicos seguros de enfermedad general y maternidad.
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Empiezan a surgir entidades encargadas de la promoción y mantenimiento de la Seguridad Ocupacional. Impulsando el mas alto grado de bienestar encadenando, el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo. Mecanismos como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
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se adopta la primara tabla de enfermedades profesionales y se categoriza lo que se considera como incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y gran invalidez. Se determinan las prestaciones a que tiene derecho el trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, se estable la tabla de evacuan de incapacidades producidas por accidentes de trabajo.
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El ministro de salud desarrolla el plan de salud ocupacional donde capacitan profesionales colombianos para conformar una sección anexa enfocada en Medicina Higiene y Seguridad Industrial se desarrolla el primer diagnostico enfocado en enfermedades producidas por el polvo del carbón(neumoconiosis) e intoxicaciones profesionales producidas por el plomo y el mercurio (silicosis). Creándose la entidad por metidos privados CONALPRA
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La entidad CONALPRA cambia su nombre pasando a ser el CONSEJO COLOMBIANO DE SEGURIDAD (CCS) con sede ubicada en la cuidad de Bogota
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El ministerio de trabajo forma la division de salud ocupacional, encargada de velar por la prevencion y control de accidentes en el trabajo y las enfermedades profesionales que pueda generar
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Se inicia con el Decreto 0770 de 1975, de la Administración López Michelsen, mediante la aplicación del sistema de medicina familiar, en las ciudades de Barranquilla, Villavicencio, Barbosa (Antioquia).
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Se implementa la Ley 9, llamada Codigo Sanitario Nacional. El cual establece las normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones. La cual es emitida directamente por el Ministerio de salud
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Se establece algunas disposiciones que deben tener los estableciemientos de trabajo en cuento a higiene y seguridad a su vez sobre la vivienda. Es emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
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Se estable las bases para la organizacion y administracion de salud ocupacional en colombia. Expedida por el ministerio de trabajo y seguridad social
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Se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités paritarios de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo. Resolución emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Salud
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se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los empleador o empleadores en Colombia. Emitida por el Ministro de trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Salud
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consagra algunos de los principios formulados en la ley. En el articulo 25 considera el derecho al trabajo como una obligación social y goza de protección del Estado; además, la norma constitucional informa que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, y en su artículo 49 establece que se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de Promoción, Prevención y Recuperación de la salud, con principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
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Se crea el Sistema de Seguridad Social Integral, que tiene por objeto mejorar la calidad de vida, acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que afecten la salud, capacidad económica y en general las condiciones de vida de la población, en sus fases de educación, información y fomento de la salud, y en la prevención, diagnostico, tratamiento y rehabilitación en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia.
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se determinan la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. Expedido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
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Se reglamenta la afiliación y cotización de todo trabajador al sistema general de riesgos profesionales. Emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
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Se expide la Tabla Única para las indemnizaciones por perdida de la capacidad laboral entre el 5% y el 49.99% y la prestación económica correspondiente. Emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
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Se adopta el formato único de reporte de accidente de trabajo y el formato único de reportes de enfermedades profesionales. Emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
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Se establecen mecanismos e integración social de las personas con limitación. Emitida por el Congreso de la República
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Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones del trabajo. Emitida por el Ministerio de la Protección Social.
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realizan modificaciones al Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en Materia de Salud Ocupacional. Emitida por el Congreso de la República de Colombia y firmada por el Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, el Viceministro de Protección Social, y el Ministro de Trabajo
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Se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.Emitida por el ministro de trabajo
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Se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones. Emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social,
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El recargo nocturno pasa de terminar a las 10:00pm a las 9:00pm, El presidente Juan Manuel Santos modifica los artículos 160 y 161 del código sustantivo del trabajo. el recargo nocturno de 35 % sobre el valor de la hora diurna ordinaria será aplicado desde una hora antes. Para quien gana un salario mínimo en 2017, equivale a 4.150 pesos.
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se modifican los Comités y Subcomités de Gestión y Desempeño del Ministerio y del Sector Trabajo, el Comité Institucional de Cordinación de Control Interno, el Comité Interno para la Implementación y Seguimiento de los Compromisos del Sector Trabajo en el marco del Acuerdo Final y se crea el Comité de Auditoria Interna del Sector Trabajo.