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Creó las Casas Especiales y los Juzgados de Menores para proteger a los jóvenes con problemas de conducta.
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Estableció los parámetros de protección para esta población, priorizando la educación y la alfabetización sobre el trabajo.
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Compromete a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.
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Se toma la decision de aprobrar los sindicatos, los representantes de empresas privadas y los del gobierno. Sin embargo, los pueblos indígenas del mundo lo consideran como un avance fundamental de sus derechos relacionados al territorio y a la gobernanza.
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Se establece como principio rector la no discriminación, y se aboga por el respeto a la diferencia y a la plurienticidad, lo que debe ser reflejado en las normativas que de allí se deriven en el país
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Expresa que los menores deben ser protegidos contra toda explotación laboral o económica y trabajos de riesgo; y que sus derechos prevalecen sobre los derechos de los demás.
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Trata sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, destaca las cinco peores formas de trabajo que deben erradicarse a fin de intensificar la lucha contra esta problemática.
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Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación".
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Se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones.
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Realiza los derechos de los niños con una mejor definición de las obligaciones del estado, la sociedad y la familia para su cumplimiento.
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Se promulga el "Convenio 182 sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación", adoptado por la Octogésima Séptima (87ª) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo
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Garantiza a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
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Señalan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años de edad.
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Relaciona al trabajo de los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años. Por ella se eleva la edad mínima de admisión al empleo en 16 años y se establecen las condiciones de la jornada de trabajo para los menores de 18 años con el objetivo de firmar contratos de trabajo, participar en juicios, etc.
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Consolida la seguridad con la meta de alcanzar la paz, dar un gran salto de progreso social, lograr un dinamismo económico regional que permita desarrollo sostenible y crecimiento sostenido, más empleo formal y menor pobreza y, en definitiva, mayor prosperidad para toda la población.
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Se encarga de modificar los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo.
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El Gobierno se comprometió con terminar con la informalidad para las empleadas del servicio doméstico.
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Establece que quienes prestan servicios personales, subordinados y remunerados en calidad de trabajadores domésticos, ostentan la condición de trabajadores amparados por el régimen laboral, sin perjuicio del reconocimiento de efectos especiales que el propio ordenamiento señala.
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Señalan y actualizan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años de edad.
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Defina las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores.