-
Surgen en ferias medievales europeas (especialmente en Italia) documentos similares a la letra de cambio, usados para evitar el transporte físico de dinero.
-
Mercaderes italianos (Lombardos, Florentinos) formalizan el uso de "cartas de pago" con órdenes de cobro entre plazas comerciales.
-
La letra de cambio adquiere características de título de crédito: incorpora la obligación de pago, plazo y endoso.
-
Primeras regulaciones en Ordenanzas Francesas de Comercio, reconociendo su fuerza ejecutiva.
-
El Código de Comercio francés (Napoleónico) regula la letra de cambio como instrumento negociable.
-
Ley Cambiaria Alemana unifica requisitos formales (nombre, cantidad, fecha, firma).
-
El Código de Comercio español (aplicable en Latinoamérica) incorpora normas sobre la letra de cambio.
-
Convenio de Ginebra estandariza la letra de cambio a nivel global. Países como México y España adoptan estas normas.
-
Código de Comercio de México (actualizado en 2023) regula la letra de cambio como título de crédito formal (artículos 76–170).
-
Declive relativo por el uso de transferencias electrónicas, pero sigue vigente en comercio internacional.
-
Reformas en México mantienen la letra de cambio como título de crédito ejecutivo, con requisitos formales estrictos (art. 170-A del CCo).