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Código Sanitario nacional
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Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad industrial en los lugares de trabajo.
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Crea el sistema de seguridad social integral conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios sociales.
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Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
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Las entidades administradoras de riesgos profesionales deberán reembolsar los costos de la atención inicial de urgencias prestada a sus afiliados, y que tengan origen en un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
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Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales.
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Por el cual se expide la tabla única para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral entre el 5% y el 49.99% y la prestación económica correspondiente.
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Por el cual se actualizan los montos de patrimonio técnico saneado que deben acreditar las entidades aseguradoras de vida para operar los ramos de seguros previsionales, de pensiones y riesgos profesionales del régimen de Seguridad Social.
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Se reglamenta la integración y funcionamiento de la Junta Especial de Calificación de Invalidez.
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Se reglamenta parcialmente las inversiones del Fondo de Riesgos Profesionales.
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Prevención en accidentes de las industrias mayores.
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Seguridad Social para las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
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Por medio la cual se aprueba el convenio 162 de la OIT sobre la utilización de asbesto en condiciones de seguridad.
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Adopta el Manual Único para la Calificación de la Invalidez, aplicable a todos los habitantes del territorio nacional, a los trabajadores de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general, para determinar la pérdida de la capacidad laboral de cualquier origen.
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Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud de los trabajadores y se modifican las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.
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Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
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La cual regula la practica de evaluaciones medicas ocupacionales y el manejo y contenido de la historias clínicas ocupacionales.
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Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
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Por lo cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.
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Por la cual se expide la tabla de enfermedades.
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Por la cual se establecen los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajos en alturas.
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Regula el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. La implementación del SG-SST es de obligatorio cumplimiento. Las empresas, sin importar su naturaleza o tamaño, deben implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
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Por la cual adopta se establece el reporte de información de aportes al Fondo de Riesgos Laborales.
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Por la cual se define los estándares mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo.
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Licencias de Seguridad y Salud en el trabajo.
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Establece la obligatoriedad de implementación y ejecución del Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022 – 2031. seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con los lineamientos definidos por el Ministerio del Trabajo.
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Por la cual se adopta la Batería de instrumentos para la evaluación de factores de Riesgo Psicosocial, La guía técnica general para la promoción, prevención e intervención de los factores psicosociales y sus efectos en la población trabajadora y sus protocolos específicos y se dictan otras disposiciones.
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Ministro de trabajo Empleador debe asumir el costo de evoluciones medicas ocupacionales