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Todos los Colombianos somos sujetos de Derecho.
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Las mujeres y niñas con discapacidad tienen derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, cuando se encuentren en algunas de las tres causales despenalizadas por la Corte Constitucional.
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Las mujeres y niñas con discapacidad tienen derecho al goce
efectivo de su salud sexual y reproductiva. Es decir, tienen derecho a contraer matrimonio, conformar una familia, decidir libremente y de manera responsable el número de hijos que quiere tener, y a tener acceso a la información, la educación sexual y métodos de anticoncepción adecuados para su edad. -
Las personas con discapacidad tienen derecho a mantener su fertilidad, en igualdad de condiciones que los demás
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El sistema de salud colombiano tiene la obligación de asegurar que los programas y la información relativa a la salud sexual y salud reproductiva, incluyendo la interrupción voluntaria del embarazo, sean amplia, adecuada y accesible a las personas con discapacidad.
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“Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad”.
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Los profesionales de la salud deben respetar el derecho a la intimidad y confidencialidad de las personas con discapacidad frente a sus cuidadores y padres en la toma de decisiones en salud sexual y reproductiva, incluyendo la interrupción voluntaria del embarazo.
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Se definen las responsabilidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para que las personas en condición de discapacidad accedan a información relacionada con sus derechos sexuales y reproductivos