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Leyes especiales dictadas por el faraón para los guerreros, embalsamadores y fabricantes de armas para que realizaran su trabajo, y se evitaran accidentes ocupacionales.
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consagraban en sus estatutos algunas medidas tendientes a proteger a los trabajadores accidentados. Los edictos de Rotary, dictados en Italia en el año 645, fueron unas de las primeras normas legislativas destinadas a proteger de los accidentes de trabajo a los obreros de la construcción.
En épocas antiguas, el trabajo no era peligroso, ya que se realizaban en forma manual, además que la mano de obra recibía capacitación profesional pasando por diversos grados de aprendiz y oficial. -
HIPOCRATES: El padre de la medicina describe la intoxicación como enfermedad ocupacional.
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COMUNIDAD PRIMITIVA:
En esta comunidad primitiva del Paleolítico, al Neolítico que representa el inicio del hombre en la naturaleza ocurriendo importantes acontecimientos, como el uso y construcción de los primeros instrumento de trabajo, inicialmente a base de piedra y palo, luego se produce el dominio del fuego, y el uso de la cerámica. El hombre paso de la etapa recolectora a la agricultura y la ganadería, lo anterior bajo un régimen -
En esta época se forman los Estados y recae sobre éste la responsabilidad de proteger al ciudadano, circunstancia que posteriormente fundamento el nacimiento de la salud publica y reciban formación profesional sobre esa área.
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presenta hechos importantes en el desarrollo de la humanidad como la revolución industrial y comercial, el desarrollo del capitalismo, caracteriza por la dignificación del trabajo expresado por la revolución industrial y en piases como Inglaterra se presentan adelantos en seguridad industrial implementándose entre otras medidas las visitas a los centros de trabajo por funcionarios del Estado (inspectores).
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En el año de 1473 el médico Ellen Bog, indica que los vapores de algunos metales pueden ser peligrosos, describe la sintomatología de la intoxicación industrial con plomo y mercurio sugiriendo medidas preventivas.
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En el año de 1556 el médico y naturalista George Agrícola, escribe “de Re Metálica” reconociendo que la aspiración de algunas partículas producía asma y ulceraciones en los pulmones. Describe como en algunas zonas mineras de los montes Cárpatos las mujeres llegaban a casarse hasta siete veces por la corta duración de la vida de sus maridos, debido a las inclemencias del trabajo.
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Paracelso
En el año de 1560 el médico Paracelso, publicó una obra titulada “La Tisis y otras enfermedades de los mineros” donde describió varias neumoconiosis y se dice que posiblemente él mismo murió a causa de una de ellas, debido a que durante su infancia, trabajó por más de quince años en una mina. -
Bernardo Ramazzini
En el año de 1700, Bernardo(1633-1714) publicó el primer libro, puede considerarse como un tratado completo de enfermedades ocupacionales, Describiendo allí una gran variedad de enfermedades relacionadas con las profesiones hasta entonces conocidas.
• Avicena
Sabio y filósofo. Escribió el canon de la medicina, basado en el razonamiento donde trata desde la definición de medicina y su campo de acción hasta dosificación y preparación de remedios. -
Aparece la fuerza motriz en la industria y con ello la revolución de accidentes de trabajo y enfermedades. Esto contrajo la protección de riesgos profesionales por lo cual se crearon sindicatos de trabajadores fomentando: mejoramiento de instalaciones e iluminación, reglamentos de trabajo,nombramiento de inspectores, reducción de horarios.
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Primeros cimientos de seguridad y salud en Colombia
en su discurso ante el Congreso de Angostura señaló: «El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad. -
Rafael Uribe: fue un abogado, periodista, diplomático y militar colombiano nacido en Valparaíso (Antioquia) el 12 de abril de 1859 y asesinado en las escalinatas del Capitolio Nacional de Bogotá, el 15 de octubre de 1914.
Rafael uribe uribe hablo en colombia se SST durante una conferencia en bogota. -
conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Históricamente establece la primera y estructurada definición de Accidente de Trabajo.
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la Ley 46 de 1918, dictaminaba medidas de Higiene y Sanidad para empleados y empleadores
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Aparece la primera escuela que otorga un diploma de higiene industrial.
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establecía un seguro de vida colectivo para empleados
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Esta dependencia comenzó a nivel nacional con sede en Bogotá y tenía como actividad principal el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y de su evaluación en materia de indemnizaciones.
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Donde se reglamentaba la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral.
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se establece la legislacion laboral y se habla de los riesgos del trabajo
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Mediante la ley 53 se otorgo el desarrollo de proteccion a la mujer embarazada y sus ocho semanas de licencia remunerada
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En Colombia se estableció la legislación sobre salud ocupacional y en la cual figura la primera ley sobre normas de salud ocupacional (ley 6 de 1945)
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Se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías ypensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS).
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se creo la OIT (organización internacional de trabajadores)..
Tanto los propios empresarios como trabajadores están obligados a colaborar con las empresas en el desarrollo y aplicación de la prevención de riesgos laborales. -
Con la revolución industrial se incorporaron mayor numero de trabajadores, tanto hombre como mujeres y niños es decir que el desarrollo ocasiona la utilización de mayor cantidad de mano de obra y de sistemas mecánicos mucho más complicados y peligrosos para quienes los manejaban, ocasionando accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
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Comenzó a operar con los únicos seguros de enfermedad general y maternidad, y en 1965 bajo la administración del presidente Guillermo León Valencia, se hizo extensivo a accidentes de trabajo y enfermedad profesional; en 1967 siendo presidente el Doctor Carlos Lleras Restrepo, se ampliaron los beneficios a los riesgos de invalidez, vejez y muerte.
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1950:se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
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el Ministerio de Salud desarrollo un plan de Salud Ocupacional, para capacitar profesionales colombinos, tanto médicos como ingenieros, quienes conformaron una sección anexa de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
Este grupo desarrollo el primer diagnostico de Salud Ocupacional del país, por medio de encuestas y procedió a efectuar los primeros estudios epidemiológicos sobre enfermedades profesionales. -
reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos.Industrial.Características del que cobija a
servidores públicos. -
nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas.ARt80: Para preservar, conservar la salud de los individuos en sus opciones presente ley establece normas.
a) Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;
b) Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos oros que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo -
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo
a) Dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución, y demás normas legales en Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, elaborar su propia reglamentación, y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de Salud Ocupacional que les corresponda. -
se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional ,Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional
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Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias. DECRETO 614 1984 (marzo 14)
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país. -
se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar ,tal organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas.EFRAIN OTERO RUIZ Ministro de Salud social,GUIDO TABORDA FERNANDEZ SecretarioGeneral,Ministerio de Trabajo y Seguridad ,RICARDO GALAN MORENA
Secretario General -
LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD en uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 del Decreto 614 de 1984, y
CONSIDERANDO: Que por Decreto 614 de 1984, en sus Artículos 28, 29 y 30 se establece la obligación de adelantar Programas de Salud Ocupacional, por parte de patronos y empleadores. -
referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE (90/270/CEE) HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA
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Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo y -
fue implementado con el propósito esencial de reducir la ocurrencia de accidentes de trabajo y la aparición de enfermedades profesionales. Durante el desarrollo de dicho Plan, se expidieron la Ley 100 de 1993 y el Decreto-Ley 1295 de 1994, normas que reorientaron la salud ocupacional y que crearon el “Sistema General de Riesgos Profesionales”, dando origen a nuevas estructuras técnicas y administrativas.
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Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de
Riesgos Profesionales. CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ART 1. DEFINICION.El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan -
Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
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Por el cual se expide un acto administrativo.
RESUELVE:
ARTICULO 1. Delegar en las Direcciones Seccionales o Locales de Salud, la función de renovar o sustituir las licencias de Salud Ocupacional que fueron otorgadas por el Ministerio de Salud de conformidad con los requisitos establecidos en los literales b, c, y e del artículo tercero y el artículo cuarto de la Resolución 18575 del 26 de Diciembre de 1989. -
Se crea el código de Hammurabi que contemplaba aspectos de seguridad social, se grabaron en una piedra para que los babilonios conocieran sus derechos y deberes.
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Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales DERECHO A LAS PRESTACIONES.Todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales que,sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos se incapacite, se invalide o muera,tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas a los que se refieren el Decreto
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Organización y administración de las prestaciones
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La Salud Ocupacional en el ámbito nacional requería una herramienta de gestión que permitiera fomentar, una cultura del auto-cuidado, de la prevención de los Riesgos Profesionales y ocupacionales; fue así como se logro llegar al Plan Nacional de Salud Ocupacional 2003-2007, considerado una herramienta de gestión y eje del desarrollo del Sistema.
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con el objeto de establecer y determinar la vigencia de las diferentes instrucciones impartidas a las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social, a las Administradoras de Riesgos Profesionales, Juntas de Calificación de Invalidez, empleadores, trabajadores. y de velar por el buen funcionamiento y desarrollo del Sistema General de Riesgos Profesionales, este despacho se permite dar las siguientes instrucciones y e terminaciones que son de obligatorio cumplimiento.
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se aplica a los empleadores públicos y privados,a trabajadores dependientes,independientes,los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil,administrativo,organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo,a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores al Sistema de Seguridad Social Integral; las administradoras de riesgos profesionales; a la Policía Nacional y lo que corresponde a su personal no uniformado y personal civil de las fuerzas militares.
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Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.se aplica a todos los empleadores, empresas públicas o privadas, contratistas, subcontratistas,entidades administradoras de riesgos profesionales, personas naturales y jurídicas prestadoras o proveedoras de servicios de salud ocupacional, entidades promotoras de salud
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Por la cual se adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional Basadas en la Evidencia. El Ministro de la Protección Social, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el literal a) del artículo 83 de la Ley 9ª de 1979 y los numerales 6 y 12 del artículo 2° del Decreto 205 de 2003.
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por medio del cual se ajustan las fechas para el pago de aportes al Sistema de la Protección Social y para la obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
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Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
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Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas Artículo 1º. Objeto y campo de aplicación. La presente resolución tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos sus empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económica de todos los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen los trabajos en alturas con peligro de caídas.
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El Ministerio del Trabajo presentó a los colombianos la nueva ley de Riesgos Laborales que busca proteger a todos los trabajadores colombianos frente a los accidentes y enfermedades que se generen dentro de las actividades laborales y poner reglas claras a los empleadores y administradores del sistema.
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Por qué se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012 y se conforma la conformación y el funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas.
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A través de la LEY 1523 DE 2012 el Congreso de la República, adoptó la política nacional de gestión del riesgo de desastres y estableció el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones.
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por la cual se definen los gastos de administraciòn de las administradoras de riesgos laborales".de acuerdo con la resoluciòn 3544 de 2013, las administradoras de riesgos laborales no poran utilizar mas del 23% de las cotizaciones para sus gastos de administraciòn.
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BOGOTÁ, ago. 05/14.- El Programa de Salud Ocupacional que tienen las empresas toma un nuevo nombre: "Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo". Además, dejará de ser un documento que reposa en un archivo en el que nadie revisa, ni le hace seguimiento, para convertirse en la guía de una política a la que se le hace seguimiento y mejora continua.
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Por lo que se refiere a la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
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se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012 y se conforma la conformación y el funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas.
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Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
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Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por un nuevo País”.
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Esta norma regula de manera amplia y suficiente lo concerniente a las peticiones respetuosas que se pueden interponer tanto a instituciones u organizaciones públicas como privadas
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El cual modifica las reglas de aproximación de los valores contenidos en la planilla de autoliquidación de aportes; se fijan plazos y condiciones para la autoliquidación y pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, respectivamente.
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Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes.
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Por medio del cual se modifica el artículo 2.2.4.6.37. del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la implementación del sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
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La historia de la salud ocupacional es de suma importancia para nuestra vida y sociedad ya que nos permite conocer muchos de los acontecimientos los cuals hicieron posible que enactualidad al desempeñar una labor cualesquiera tengamos unos derechos y deberes bien fundamentados para el bienestar tanto fisico y mental del obreroo trabajador y unos parametros que nos permitan desarrollarlo las actividdes evitando riegos,y desamparos por empleadores