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Define un plan de atención básica que complementa las acciones previstas en el plan obligatorio de salud de esta ley y las acciones de saneamiento ambiental.
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Tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo.
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En ella se dictaron normas orgánicas en materia de recursos y competencias, además de otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación, salud, entre otros.
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Se establece el sistema obligatorio de garantía de calidad en la atención de salud del sistema general de seguridad social en salud.
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Se establecen las condiciones que deben cumplir los prestadores de servicio de salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoria para el mejoramiento en la calidad de la atención.
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Su objetivo será la atención y prevención de los principales factores de riesgo para la salud y la promoción de condiciones y estilos de vida saludables, fortaleciendo la capacidad de la comunidad y la de los diferentes niveles territoriales para actuar.
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Tiene como orientación básica consolidar y continuar las directrices del plan 2002-2006, pero con particular énfasis y prioridad en dos objetivos fundamentales: mantener el crecimiento económico alcanzado recientemente y complementarlo con una noción mas amplia de desarrollo.
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Teniendo como propósito el Plan Nacional De Salud Publica, lo siguiente:
1. Mejorar el estado de salud de la población Colombiana.
2. Evitar la progresión y los desenlaces adversos de la enfermedad.
3. Enfrentar los retos del envejecimiento poblacional y la transición demográfica.
4. Disminuir la inequidades en salud de la población Colombiana. -
Definir la estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto que ejecutan las entidades territoriales con recursos del Sistema General de Participaciones.
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Se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de salud territorial y las acciones que integran el plan de salud publica de intervenciones colectivas a cargo de las entidades territoriales.
Articulo 16: se establece un plan de intervenciones colectivas.
1. Promoción de la salud y calidad de vida.
2. acciones de prevenciones de los riesgos en salud. -
Se elabora un plan decenal de salud publica a través de un proceso amplio de participación social y en el marco de la estrategia de atención primaria en salud, en el cual deben confluir las políticas sectoriales para mejorar el estado de salud de la población, incluyendo la salud mental, garantizando que el proceso de participación social sea eficaz, mediante la promoción de la capacitación de la ciudadanía y de las organizaciones sociales.
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Se establecen las disposiciones sobre el proceso de planeación integral para la salud.