HISTORIA Y CONCEPTOS DE MEDICINA PREVENTIVA SALUD-ENFERMEDAD EN EL DESARROLLO DE TRABAJO EN COLOMBIA

  • 4000 BCE

    ORIGEN DE LAS PRIMERAS LEYES OCUPACIONALES

    ORIGEN DE LAS PRIMERAS LEYES OCUPACIONALES
    En la edad antigua específicamente en Egipto hace aproximadamente 4.000 a. de j,c se fundaron las primeras leyes para evitar accidentes de origen laboral .
  • 1541

    SE CONSTITUYE LA LEGISLACIÓN PARA UN SANO AMBIENTE LABORAL

    Se forja la legislación contribuyente para un digno espacio laboral
  • SE DA A CONOCER LA MEDICINA DEL TRABAJO

    SE DA A CONOCER LA MEDICINA DEL TRABAJO
    Nace la medicina del trabajo por el autor Bernardino Ramazzini
  • NACIMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

    NACIMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
    La seguridad social nació en Alemania, en la época del canciller Otto von Bismarck
  • SEGURO OBLIGATORIO QUE PR

    En 1883, el gobierno alemán introdujo un seguro obligatorio para proteger a los trabajadores contra enfermedades comunes administrado por fondos de ayuda mutua. En 1884, el seguro de compensación para trabajadores fue creado y administrado por asociaciones profesionales.
  • SEGURO OBLIGATORIO PARA ENFERMEDADES LABORALES

    En 1883, el gobierno alemán introdujo un seguro obligatorio para proteger a los trabajadores contra enfermedades comunes administrado por fondos de ayuda mutua. En 1884, el seguro de compensación para trabajadores fue creado y administrado por asociaciones profesionales.
  • NACIMIENTO DE LA LEY 57 DE 1915

    NACIMIENTO DE LA LEY 57 DE 1915
    Rafael uribe uribe,hizo varios reglamentos en los accidentes laborales y aquellas enfermedades que se ocasionan,hizo o reglamento pensión a aquel trabajador afectado y una justa indemnización por limitaciones físicas debidas al trabajo.
  • SE DESIGNA EL SEGURO NACIONAL COLOMBIANO

    SE DESIGNA EL SEGURO NACIONAL COLOMBIANO
    Se crea el Instituto Colombiano de Seguridad Social, una unidad de seguridad social muy importante en Colombia. Opera en cuatro entidades de salud: Entidades Promotoras de Salud (EPS) y una red de clínicas conocidas como Prestadores de Salud (IPS); también incluye cesantías y pensiones y administradoras de riesgos profesionales (ARS)
  • APROBACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

    APROBACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
    Se aprueba la Ley Sustantiva del Trabajo, que establece diversas normas relacionadas con la salud en el trabajo, como la jornada laboral, el descanso obligatorio, las prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, higiene y seguridad en el trabajo, las cuales se encuentran en gran parte vigentes. Este Día.
  • ENFERMEDAD DE ORIGEN LABORAL

    En el 1962 se da a conocer una de las primeras enfermedades de origen laboral
  • CREACIÓN DEL CÓDIGO SANITARIO NACIONAL

    Reglamentaron el sistema de trabajo y bienestar para los funcionarios públicos. Industria, salarios y sistema de bienestar: un sistema integral
    Servidor público. Reseña histórica / EMPLEADOS PÚBLICOS - Régimen
    Salario y beneficios. Reseña histórica / Sistema de bienestar -
    Capacidad para dirigirlo a un funcionario/estructura pública
    Des centralización - la capacidad de desarrollar un sistema de compensación. límite/
    Sistema de remuneración en la región capital - de acuerdo con la ley.
  • SE ESTABLE EL COMITÉ NACIONAL EN LA SALUD OCUPACIONAL

    SE ESTABLE EL COMITÉ NACIONAL EN LA SALUD OCUPACIONAL
    se crea el Consejo Nacional de Higiene del Trabajo por Decreto N° 586. Con la iniciativa y participación del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, se expidió el Decreto N° 614 de 1984, que fijó las bases de la gestión nacional de seguridad y salud en el trabajo, y en su artículo 35 estableció la obligación legal de formular e implementar normas nacionales de seguridad y salud en el trabajo. y consejos de protección de la salud. Plan de protección laboral.
  • SE PLANTEA EL PRIMER PLAN NACIONAL EN LA SALUD OCUPACIONAL

    SE PLANTEA EL PRIMER PLAN NACIONAL EN LA SALUD OCUPACIONAL
    Se desarrolló el primer Plan Nacional de Salud Ocupacional para orientar las operaciones y planes de las agencias y organismos públicos y privados, y para aumentar la productividad y desarrollar planes para evitar conflictos de competencias. Se conocen los fundamentos de la organización y gestión nacional de seguridad y salud en el trabajo.
  • RESOLUCIÓN 2010

    Se realizaron varias reuniones con el fin de dialogar acerca de medicina y seguridad industrial
  • RESOLUCIÓN 1016 DE 1986 – “ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL”

    • Los exámenes médicos hacen parte del programa de salud ocupacional para
    empresas y lugares de trabajo, cuya ejecución compete a patronos y empleadores
    (Art. 5 y 10).
    • Se deben desarrollar actividades dentro del subprograma de medicina preventiva y
    principalmente enfocadas a la prevención de enfermedades (Art. 10).
  • SE REGULA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL LABORAL

    Se regula la organización y funcionamiento de los comités médicos, de salud y de seguridad industrial en los lugares de trabajo.
    Los Ministros de Trabajo, Seguridad Social y Salud ejercen las facultades que les otorga el Decreto N° 1984. 614 en el artículo 25.
  • SE APLICA DISPOCISION MÍNIMA DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVA AL TRABAJO

    Se hace referencia a los requisitos mínimos de seguridad y salud (según la Quinta Directiva Específica en el artículo 16(1) de la Directiva 89/391/CEE) para el uso de equipos, incluida la pantalla.
    Directiva del Consejo de 29 de mayo de 1990 sobre los requisitos mínimos de salud y seguridad para el uso de equipos, incluidas las pantallas (5.ª Directiva específica de conformidad con el artículo 16, apartado 1, de la Directiva
  • LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO ESTÁN REGULADAS CON LA SALUD OCUPACIONAL

    El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en particular las que le otorga el artículo 348 de la Ley Sustantiva del Trabajo, teniendo en cuenta:
    El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es responsable de desarrollar medidas para garantizar que el trabajo se realice en condiciones adecuadas para proteger la salud y el bienestar de los trabajadores.
  • SE PERMITE Y REGULA LA EXPEDICIÓN DE PERMISOS DE HIGIENE OCUPACIONAL

    SE PERMITE Y REGULA LA EXPEDICIÓN DE PERMISOS DE HIGIENE OCUPACIONAL
    Las licencias de salud ocupacional se expiden a personas naturales y jurídicas, su vigilancia y control son autorizados y administrados por los ministerios y oficinas locales de salud, se adopta el manual de procedimientos técnico administrativos para la expedición de estas licencias.
  • PUBLICADA LA NORMATIVA PARA LA ORGANIZACIÓN, GESTIÓN Y PRESTACIONES DE UN SISTEMA UNIFICADO DE RIESGOS LABORALES.

    DECRETA:
    ARTÍCULO 1. DERECHO A LAS PRESTACIONES. Todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales que, en los términos de la presente ley o del Decreto-ley 1295 de 1994, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos se incapacite, se invalide o muera, tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas
  • CIRCULAR UNIFICADA: 2004 – DIRECCIÓN DE RIESGOS LABORALES

    • Para efecto de establecer el estado de salud de los trabajadores al iniciar una
    labor, desempeñar un cargo o función determinada, se hace necesario practicar los
    exámenes médicos ocupacionales de ingreso, periódicos y de retiro, los cuales son
    a cargo y por cuenta del empleador.
    • Las ARL podrán realizar exámenes relacionados con los sistemas de medicina
    preventiva
  • LA DIRECCIÓN GENERAL DE RIESGOS LABORALES HA EMITIDO UN DECRETO PARA EJERCER SUS FACULTADES LEGALES

    La Dirección General de Riesgos Profesionales, en el marco de la aplicación de sus facultades y competencias estatutarias, se fundamenta en los principios de eficacia, exhaustividad y uniformidad; resume las diversas circulares emitidas por la Dirección General durante el desarrollo del sistema de la Dirección General de Riesgos Laborales para determinar y determinar la validez de diversas indicaciones para su emisión a las oficinas regionales del Ministerio de la Seguridad Social.
  • RESOLUCIÓN 2346 DE 2007 “POR LA CUAL SE REGULA LA PRÁCTICA DE EVALUACIONES MÉDICAS OCUPACIONALES Y EL MANEJO Y CONTENIDO DE LAS HISTORIAS CLÍNICAS OCUPACIONALES”

    • Regula la realización de exámenes médicos ocupacionales, que son actos médicos
    para monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de
    consecuencias en la persona, incluido el examen médico, el análisis de pruebas
    clínicas y paraclínicas, el diagnóstico y las recomendaciones.
  • ESTANDARIZAR LAS PRÁCTICAS DE EVALUACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO Y LA GESTIÓN Y CONTENIDO DE LOS REGISTROS DE MEDICINA DEL TRABAJO

    Ámbito de acción. Esta resolución se aplica a los patrones públicos y privados, trabajadores dependientes e independientes, contratistas de personal bajo contratos civiles, comerciales o administrativos, organizaciones económicas solidarias y cooperativas de industrias, sindicatos o asociaciones que integren a los trabajadores independientes en el sistema integral de seguridad social; gestores de riesgos profesionales; donde esta la policía estatal
  • SE HAN DESARROLLADO REGLAS Y SE HAN ACLARADO RESPONSABILIDADES.

    SE HAN DESARROLLADO REGLAS Y SE HAN ACLARADO RESPONSABILIDADES.
    Existen normas y obligaciones para la identificación, evaluación, prevención, intervención y seguimiento permanente de los factores de riesgo psicosocial de exposición en el trabajo y para determinar el origen de las enfermedades relacionadas con el estrés laboral.
  • LEY 1562 DE 2012 – “POR EL CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL”

    • Exige el reporte de la información de las actividades y los resultados en promoción
    de la salud y prevención de accidentes y enfermedades laborales (Art. 8).
    • Obligatorio el abordaje de los temas de prevención (Art. 8).
    • Dictamina los Servicios de promoción y prevención (Art. 11).
    • Desarrollo de actividades para el control de los riesgos, incluido el control y
    monitoreo de las condiciones de salud.
  • DECRETO 1072 DE 2015 – “DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR TRABAJO”

    • El empleador debe documentar su diagnóstico de condiciones de salud con los
    perfiles de salud arrojados por los monitoreos biológicos,
    • Se deben identificar precozmente efectos hacia la salud derivados de los ambientes
    de trabajo y evaluar la eficacia de las medidas de prevención y control.
    • La realización de exámenes ocupacionales y la elaboración de diagnósticos de las
    condiciones de salud de los trabajadores son actividades de suma importancia en
    la implementación del SGSST.