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Se conoce que la mayoría de las civilizaciones del 2000 a.c tenían algún tipo de regulación con respecto al área comercial ya que era una de las actividades mas comunes en la época. Prueba de ello es el código Hamurabi, donde se encuentran disposiciones sobre préstamo a interés, el depósito, algunas formas de comisión, arrendamiento de barcos, responsabilidad del dueño de la nave y del barquero y el abordaje. -
Los romanos tenían un sistema jurídico muy avanzado que todavía hoy en día se aplica en ciertos aspectos, pero no tenían un área especifica que hablara del derecho comercial, para la alta sociedad el comercio y la industria no eran actividades propias de su clase, por lo cual la agricultura era la principal practica económica.
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Fue tiempo después de ejercer la Roma Imperial su dominio sobre toda la cuenca del Mediterráneo cuando se
estructuraron los contratos de representación , las reglamentaciones marítimas, las instituciones bancarias y
de cuentas como el receptum argentarium, contrato en virtud del cual el banquero se comprometía a pagar las
deudas de su cliente, es decir, una especie de aval bancario. -
Nacimiento del derecho mercantil. El Derecho mercantil surge en la Edad Media, frente a la rigidez y formalismo del Derecho civil, pues los comerciantes sienten la necesidad de unas normas que se adapten mejor a los requisitos del comercio. -
El comercio de vio muy afectado debido a la caída del imperio romano y el cierre de rutas comerciales por parte de los imperios árabes y las tribus barbaras, el comercio se centro principalmente en terrenos auto suficientes llamados feudos con un sistema de intercambio y comercio centrados en el artesanado y intercambio de productos, con el tiempo estas zonas se convirtieron en ciudades y la realidad económica se volvió mas flexible.
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Con el tiempo cada feudo adopto sus propias leyes y maneras de comercio, los mercaderes y el rey del feudo dictaban el que se debía hacer para el correcto intercambio de productos, nacieron algunos textos que presumían regular el comercio, pero con una tasa de éxito muy baja, ademas la iglesia frenaba mucho el desarrollo no permitiendo ciertos comportamientos en el ámbito económico.
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En la baja edad media se realizan las cruzadas, las cuales tienen un efecto determinante en el comercio, abrieron el rutas comerciales con el medio oriente, en el atea marítima del mar mediterráneo, siento el área peninsular de Italia el foco principal de intercambio de mercancías. -
Evoluciona el derecho mercantil. -
Legislación mercantil, surgen las ordenanzas de Sevilla, leyes expedidas por los monarcas -
Ordenanzas de comercio terrestre expedidas por el rey Luis XIV de Francia, El "Rey sol". -
Ordenanzas de comercio marítimo, leyes expedidas por el rey Luis XIV de Francia, el "Rey Sol" -
Legislación mercantil, Surgen las ordenanzas de Bilbao Leyes expedidas por los monarcas
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Influencia de la ilustración en el derecho mercantil, las ideas de la ilustración dieron lugar al movimiento de la enciclopedia, el cual culmino con la revolución francesa en ese año. -
Napoleón expide el código civil. -
Napoleón expide el código mercantil. -
Napoleón expide el código de procedimientos penales. -
La revolución industrial provoca efectos en el derecho mercantil, esto implica la sofisticación en la producción e intercambio de bienes y servicios. -
Se dispuso que cuando las partes no fijaran intereses en los
contratos de mutuo, si el negocio era comercial se entendía pactado por el 6% anual, y el 5% en los demás
negocios. -
Se ordenó que los juicios de comercio se sometían al
procedimiento de juicios comunes y al conocimiento de los jueces ordinarios, quienes decidirán conforme a lo
dispuesto en las Ordenanzas de Bilbao, y en su defecto por las leyes comunes vigentes. -
Comercio de cabotaje y costanero
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Jurisdicción especial de comercio
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Creado por la ley de 1o de Junio de 1.853, el cual recoge casi textualmente el código de
Comercio de España de 1.829, del cual se suprimió el libro V, sobre jurisdicción comercial y procedimientos,
cuestiones estas que fueron reguladas por la ley de junio 16 de 1.853 ya citada. Dicho código constaba de
1.110 artículos, el último de los cuales dispuso “Quedan derogadas las Ordenanzas de Bilbao y todas las
disposiciones sustantivas que sobre comercio hasta ahora hayan regido en la República”. -
"En todas las
cabeceras de circuito en lo que crea conveniente la legislatura provincial, se establece un tribunal de comercio
a cargo de un juez, que actuando como su secretario, conocerá privativamente de todos los negocio
comerciales comprendidos en el código sustantivo de la materia, y de las tercerías en juicios de comercio”.
Esta iniciativa se vio frustrada por la instauración del régimen federal. -
el régimen y la administración del comercio exterior, de cabotaje y
costanero; de las fortalezas, puertos marítimos, fluviales y secos en las fronteras, diques y demás
establecimientos públicos y bienes pertenecientes a la Unión, con lo cual se hizo extensiva al comercio fluvial
la facultad de legislar para todo el país sobre comercio marítimo. -
Leyes aplicadas al el comercio fluvial en Colombia.
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Este segundo código fue adicionado y complementado por una legislación muy nutrida sobre diversos
aspectos específicos de la materia comercial; pero no pudo acompañarse al desarrollo vertiginoso de las
actividades mercantiles. -
El derecho mercantil experimenta profundos cambios estructurales y se consolida el capitalismo y el comunismo como los principales sistemas económicos. -
Se crearon los libros de normas aplicables a los asuntos mercantiles, son 6 que tratan temas de comercio, sociedades, normas y bienes, contratos, navegación y comercio aéreo, etc.