Dct

Historia del derecho colectivo del trabajo.

  • Period: to

    En el mundo:

    Estalla la Revolución Francesa.
  • En el mundo:

    En el mundo:
    Se publica la ley de Chapelier, la cual consideraba a la huelga como un acto delictivo, prohibía todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo, así como la asociación profesional, y declaraba cómo "ilícita" la fijación de condiciones generales del trabajo.
  • Period: to

    En el mundo:

    Se desarrolla la edad heróica, reconocida por haberse dado el movimiento obrero.
  • En el mundo:

    En el mundo:
    Se publica la ley inglesa de Francis Place, la cual elimina la clasificación de "acto delictivo" a las huelgas y las asociaciones de trabajadores, pero aún no son derechos reconocidos.
  • En el mundo:

    En el mundo:
    Carlos Marx y Friedrich Engels critican la situación que vivían en su época a través de su libro "Manifiesto del Partido Comunista".
  • En el mundo:

    En el mundo:
    Gracias a la Revolución Francesa, la Comisión de Lexemburgo acepta las peticiones de los obreros a la asociación sindical y la huelga (a pesar de ser aceptadas, aún no constituían un derecho como tal de los trabajadores).
  • En México:

    En México:
    México, en su constitución expedida en ese año, se consagra como el primer país en reconocer los derechos de los trabajadores en su Carta Magna, estableciendo derechos como la libertad del trabajo, el derecho a no prestar de forma forzosa trabajos personales sin consentimiento, y la no prohibición de la asociación pacífica (con objeto lícito) de los trabajadores.
  • En México:

    En México:
    Francisco I. Madero propone y aprueba la ley que da paso a la creación del Departamento del Trabajo, cuya función era atender las demandas de los trabajadores por mejoras en las condiciones laborales.
  • En México:

    En México:
    Se expide en Veracruz la Ley de Agustín Millán, la cual fue la primera en el país en reconocer la legitimidad de las asociaciones obreras, declarando está facultad como un "derecho natural del hombre".
  • En México:

    En México:
    Venustiano Carranza propone leyes en materia de libertad del trabajo.
  • En México:

    En México:
    La Constitución Mexicana establece en su artículo 9° el derecho de reunión de todo ciudadano mexicano, y en su artículo 123 establece el derecho de los trabajadores a tener un trabajo digno y socialmente útil, a trabajar no más de 8 horas en el día y 7 por la noche, salarios mínimos, derecho de los obreros y patronos a huelgas y paros (declarando así que las huelgas y los paros son considerados actos lícitos), entre otros muchos derechos.
  • Period: to

    En México:

    Entran en vigor las leyes laborales del estado de Yucatán.
  • Period: to

    En México:

    Entran en vigor las leyes laborales del estado de Veracruz.
  • En México:

    En México:
    Por decreto del entonces presidente Plutarco Elías Calles se crea la Junta de Conciliación y Arbitraje con el fin de mediar conflictos en materia laboral, y como resultado de una década de conflictos colectivos en los trabajos de índole industrial (como la textil, ferrocarrilera, petrolera, minera, etc.).
  • En México:

    En México:
    Se promulga la Ley Federal del Trabajo la cual regula tanto las relaciones individuales como las colectivas, y aún las administrativas y procesales.
  • En México:

    Entran en vigor las reformas hechas a la Ley Federal del Trabajo, producto de una sociedad cambiante con nuevas necesidades.
  • En México:

    En México:
    El presidente Andrés Manuel López Obrador publica en el DOF las nuevas reformas hechas a la LFT, las cuales son: la transformación del sistema de impartición de justicia laboral, creación de nuevas autoridades del trabajo y la implementación de mecanismos que aseguren los derechos del trabajador a la libertad, la asociación sindical (incluyendo la elección de sindicatos y sus dirigentes) y el reconocimiento a la transparencia en la negociación colectiva.