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José Antonio Ignacio Pascual Joaquín de la Cruz de Haro y Tamariz,1 conocido simplemente como Antonio de Haro y Tamariz fungió varias veces de ministro de Hacienda de México en los gobiernos de Valentín Canalizo, José Mariano Salas y Santa Anna y se distinguió como jefe opositor en la lucha contra los liberales.
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La revolución de Ayutla fue un movimiento insurgente originado en el estado de Guerrero en el año de 1854. La razón del levantamiento de los surianos fue la inconformidad con la dictadura de Antonio López de Santa Anna, que aprovechando la abolición de la Constitución federal de 1824 gobernaba dictatorialmente con el título de Su Alteza Serenísima. Revolución comprende tanto el conflicto armado propiamente dicho como las presidencias de Juan N. Álvarez e Ignacio Comonfort.
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En octubre de 1855, una junta de representantes estatales eligió a Juan Álvarez como presidente provisional, quien constituyó un gabinete de liberales puros. Enseguida dio inicio la Reforma, con la promulgación de la ley que suprime los fueros militar y eclesiástico conocida como “Ley Juárez”. -
La Ley Juárez, o también conocida como Ley de Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la Nación, del Distrito y Territorios, fue promulgada y hecha en [México] el 23 de noviembre de 1855. Esta ley suprimió los tribunales especiales evadiendo los acostumbrados derechos de los militares y religiosos.
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Por la renuncia de Juan N. Álvarez, y por decreto del mismo, entra en funciones el presidente sustituto, Ignacio Comonfort, quien ocupara el cargo. -
La Ley de Desamortización de Bienes Eclesiásticos de 1856 es una de las leyes liberales que configuraron un nuevo orden jurídico y social dentro del federalismo mexicano que afianzó una transformación en cuanto al derecho de propiedad se refiere
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La ley de desamortización de los bienes de las corporaciones civiles y religiosas, conocida como Ley Lerdo, fue expedida por Miguel Lerdo de Tejada el 25 de junio de 1856. Decreta:
Todas las fincas rústicas y urbanas que hoy tienen o administran como propietarios las corporaciones civiles o eclesiásticas de la República, se adjudicarán en propiedad a los que las tienen arrendadas, por el valor correspondiente a la renta que en la actualidad pagan, calculada como rédito al seis por ciento anual. -
La Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de Corporaciones Civiles y Eclesiásticas fue aprobada y decretada el 25 de junio de 1856, durante el gobierno provisional de Ignacio Comonfort. Se le conoce mejor como Ley Lerdo, pues su promotor principal fue Miguel Lerdo de Tejada, quien era Ministro de Hacienda cuando la ley se promulgó.
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Sebastián Lerdo de Tejada incorporó las Leyes de Reforma a la Constitución de 1857, el 25 de septiembre de 1873, y promulgó la Ley de Adiciones y Reformas por las que estableció definitivamente el laicismo en todo el país. Las Leyes de Reforma fueron: La Ley Juárez, Ley Lerdo, Ley de Nacionalización de los Bienes eclesiásticos, Ley del Matrimonio Civil, Ley de Creación del Registro Civil y la Ley Sobre la Libertad de Cultos.
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Esta tenía un corte liberal radical y desde el primer momento produjo problemas. A parte de los procesos contra la Iglesia y sus privilegios, la Constitución de 1857 añadía la libertad de culto y de enseñanza, así como constituir México como una República federativa en 23 estados al estilo de Estados Unidos.
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La Ley de Obvenciones Parroquiales, también conocida como Ley Iglesias por la autoría de José María Iglesias entre enero y mayo de 1857, fue una de las más importantes Leyes de Reforma. Regulaba el cobro de derechos parroquiales, impidiendo que se exigieran a quienes no ganaran más de lo indispensable para vivir, e imponía castigos a los miembros del clero que no la llevaran a cabo.
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La guerra de reforma culminó el 22 de diciembre de 1860 con la victoria de de los liberales en la batalla de Calpulapan, y la entrada de Benito Juárez.
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La larga guerra, los altos costos por mantener un ejército invasor del otro lado del Atlántico y las circunstancias políticas del Viejo Continente, obligaron al emperador de los franceses, Napoleón III, a retirar a su ejército a fines de 1866, dejando a Maximiliano solo con el apoyo de sus partidarios mexicanos y los pequeños destacamentos austriacos y belgas y así fracasando su gobierno.