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Desde los principios de nuestra historia el hombre construye y usa las primeras herramientas de trabajo.
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Para esta época ya tenían leyes especiales ordenadas por el Faraón que debían cumplir para realizar su trabajo y evitar accidentes de trabajo.
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El Rey Hammurabi creo el código legal donde se incluía la seguridad social; Luego se conoció como el código de Hammurabi.
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En el Siglo IV, Hipócrates, padre de la medicina moderna, habla por primera vez sobre la intoxicación por plomo como una enfermedad ocupacional.
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Siglo I de nuestra era, Plinio el Viejo, describe en su enciclopedia de ciencias naturales algunas enfermedades ocupacionales, mencionando los primeros elementos de protección personal. Siglos II y III DC. Galeno y Celso Mencionan en sus escritos sobre enfermedades debidas exposiciones de origen ocupacional.
Nacen agrupaciones o asociaciones de personas para protegerse. -
Los edictos de Rotary, la primera recolección escrita de las leyes de los lombardos, escrita por el rey Notario, una de las primeras normas legislativas destinadas a proteger de los accidentes de trabajo a los obreros de la construcción.
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Avicena(1020) Escribió el Canon de la Medicina. Su preocupación era la protección de la salud del ser humano en especial del trabajador.
Bog(1473) Describe la sintomatología de la intoxicación con plomo y mercurio sugiriendo medidas preventivas.
Bauer(1955) Escribe "De Re Metallica" visitaba las minas reconociendo que la aspiración de partículas producía asma y ulceras en los pulmones.
Ramazzini(1900) publico un libro considerado el primer tratado completo de enfermedades ocupacionales. -
La formación de los Estados fundamentaron el nacimiento de la salud publica. Aunque no existió sistema legal jurídico sobre la prevención de accidentes de trabajo, las corporaciones se encargaron de desarrollar medidas de protección para los trabajadores y preparar a los mismos técnicamente, ademas les proporcionaban asistencia medica.
Los primeros estudios médicos asociados al trabajo se desarrollaron por el empleo de la fuerza excesiva en las obras (lesiones osteomusculares) -
Revolución Industrial, aparecen nuevas ramas de la industria y nuevos tipos de factores contaminantes que afectan las salud de los trabajadores, y en Inglaterra se implementaron las visitas de inspectores a los centros de trabajo. Con la aparición de las maquinas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se incrementaron, de ahí nació la necesidad de aumentar el estudio preventivo de los infortunios laborales.. Se vela por la seguridad y la higiene del trabajo.
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Manchester(1784) Se incito a desarrollar la primera acción por parte del gobierno en pro de la seguridad de los trabajadores.
En 1795 se formó la cámara de salud de Manchester que asesoro la legislación para reglamentar las horas y las condiciones del trabajo en las fábricas.
Inglaterra(1841) Se promulgo la Ley de Minas la cual determinaba las compensaciones punitivas por lesiones previsibles causadas por maquinaria de minas no protegida. -
EE.UU(1896) NFPA (NATIONAL FIRE PROTECTION ASSOCIATION) crear y mantener las normas y requisitos mínimos para la prevención contra incendio, capacitación, instalación y uso de medios de protección contra incendio.
EE.UU(1913) NSC (NATIONAL SAFETY COUNCIL) promueve la salud y la seguridad.
EE.UU(1971) OSHA (OCUPATIONAL SAFETY AND HEALTH ADMINISTRATION) encargada de desarrollar y promulgar normas de prevención de accidentes y salud ocupacional. -
Encargada de la seguridad social, principalmente de los empleados del sector privado con empleo formal, asumiendo los riesgos de enfermedad general y maternidad.
En 1963 se responsabiliza de las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional. Se crea la sección de Salud Ocupacional como una dependencia del departamento de medicina preventiva. -
Se establece la obligación de contar con un programa de Medicina, Higiene y Seguridad en el trabajo, orientado a proteger la salud de los trabajadores, y que comprenda aspectos relacionados con la seguridad y el saneamiento básico de las empresas.
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Por medio del cual se crean las bases para la organización de la Salud Ocupacional en las empresas colombianas; se integran las acciones de los tres campos de Salud Ocupacional (medicina del trabajo, higiene industrial, y seguridad industrial).
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Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
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Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud.
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Establece que todo empleador esta obligado a afiliar a sus empleados a una ARL que cubra los eventos derivados de riesgos ocupacionales o de trabajo. El valor total del aporte lo paga el empleador y con esa afiliación se cubren todos los gastos de salud que ocasionen los accidentes o enfermedades laborales. La prestación de servicios para la atención de los accidentes o enfermedades es realizada por la EPS del trabajador, entidad que recobrará los gastos a la ARL.
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Permite a las ARL privadas entrar a participar en la administración de los riesgos profesionales que antes era monopolio del Estado con el ISS, y se le da un mayor peso al tema de Salud Ocupacional.
En el año 2012 se promulga la Ley 1562, la cual modifica el decreto 1295 de 1994. -
El ministerio dicta las disposiciones para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.