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Define la responsabilidad de cada uno de los actores en cuanto a la información, especialmente la del Gobierno (Nacional y regional) de generar y difundir información relacionada con la salud, que incluya el estado de salud de la población, así como indicadores de precios, gestión y calidad.
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Recoge la información de los servicios de salud prestados en el país. Estos registros son generados por las IPS, las cuales los envían a la administradora correspondiente, la que a su vez los envía al Ministerio de Protección Social.
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Recoge información de gestión, capacidad instalada y funcionamiento de los hospitales públicos. No tiene alta cobertura.
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El Sistema de Vigilancia en Salud Pública es un sistema de reporte de eventos de interés en salud pública, gestionado por el Instituto Nacional de Salud, que reporta especialmente patologías infecciosas, aunque recientemente se ha adicionado un módulo de mortalidad materna.
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Es la base de datos que maneja información de empleo, cotizantes y aportantes a los diferentes módulos de la protección social.
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Implementación de programas de desarrollo de tecnologías de información dentro de las entidades gubernamentales.
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La estrategia gubernamental en torno a las TIC en salud se centra en la implementación de telemedicina y del Sispro. Esta bodega de datos es gestionada por el Ministerio de la Protección Social e integra la información de salud, pensiones, riesgos profesionales, trabajo, empleo y asistencia social.
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Utiliza principalmente la información producida por el Sivigila para reportar amenazas a la salud pública a organizaciones internacionales.
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Maneja información de afiliación a todos los componentes de la protección social (salud, pensiones, riesgos profesionales, etc.).
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Busca reformar el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). En cuanto a información, establece la responsabilidad del Ministerio de Protección Social en el establecimiento de indicadores de desempeño para todos los actores y el desarrollo de un sistema de evaluación y calificación de cada uno de éstos que permita conocer de forma pública los resultados.
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Esta ley define la obligatoriedad de la digitalización de todas las historias clínicas a partir de diciembre de 2013.
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Registra la información de los prestadores habilitados para la prestación de servicio. Es responsabilidad de los entes territoriales.
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El sistema de información de precios medicamentos registra datos de precios de compra y venta de medicamentos por parte de IPS, EPS, droguerías, etc.