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El primer conjunto de leyes de la historia encontrado.
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Si bien la falta de instituciones comerciales, y la inexistencia de un derecho especial denotan la falta de un derecho comercial, el derecho romano estableció precedentes el derecho marítimo, bancario, así como procedimientos concursales por insolvencia del deudor, y teoría general en obligaciones y contratos.
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En una época con una gran presencia y poderío de la Iglesia, el oficio del comerciante era mal visto e incluso pecaminoso. Se prohibía fervientemente la usura.
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El gran aumento de la población produce un incremento del comercio, estableciendo mercados a nivel local, ferias y mercaderes ambulantes a nivel internacional. Así como la apertura de rutas comerciales. A la cantidad de dinero moneda en circulación, donde antes se realizaban trueques e intercambios se le atribuye este desarrollo exponencial del comercio. Se produce el desarrollo de ciudades y la cultura urbana, así como la profesionalización del comerciante.
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Aparecen las corporaciones mercantiles, vinculación entre comerciantes del mismo oficio que velaban por sus intereses. Se desarrolla el derecho estatutario, compuesto por formularios y demás documentos notariales declarados por los cónsules, magistrados de las corporaciones en plazas de gran trafico comercial.
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Establece buenas costumbres: Derecho Marítimo Consuetudinario.
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Las ordenanzas comienzas a regular el derecho mercantil en las colonias.
El rey Felipe II de España produce el primer documento legislativo de derecho comercial, las ordenanzas de Bilbao en 1737, estableciendo competencias jurisdiccionales o litigio comercial. -
Separación de los códigos en Código Civil y Comercial.
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Dicha ley instaura la libre empresa y prohíbe todo tipo de agrupación gremial mercantil, acabando efectivamente con las corporaciones mercantiles de la Edad Mediad, en defensa de la base de la constitución francesa. Esto ocasiona las primeras vista del derecho mercantil objetivo, como actos del comercio, más que actos del comerciante.
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Reunido en cuatro libros: Del Comercio en General, Leyes Particulares del Comercio Marítimo, Quiebra, Juicios y Procedimientos a seguir en el Comercio, el código de comercio napoleónico fue un importante precedente para los códigos modernos, iniciando un proceso de codificación del derecho.
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Surge como precedente para la unificación de los códigos, así como la introducción de la objetividad de segunda generación en el derecho mercantil: con un sistema mixto entre lo objetivo y lo subjetivo.
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Presenta una innovadora tesis dualista de códigos del derecho privado.
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Con el sistema mixto, sin una clara preferencia por la objetividad o subjetividad del derecho mercantil, se recupera su carácter profesional. Regulando tanto actos de los comerciantes como actos del comercio.
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Con Suiza como precedente (1881), se inicia un proceso de unificación del código comercial y civil, entre aquellos se encuentra Italia y Perú.