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Era una central gremial que agrupaba a diferentes sindicatos.
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Permitía expulsar a extranjeros sin juicio previo, entre los cuales se encontraban muchos socialistas y anarquistas.
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Esta Ley determinaba que los menores de 10 años no podían ser objeto de contrato, como así tampoco los mayores de esa edad que no hubieran completado su instrucción obligatoria, salvo autorización expresa del defensor de menores del distrito. Asimismo, establecía que los menores de 16 años no podrían ser ocupados en las industrias peligrosas o insalubres o en trabajos que pudiesen dañar su salud, instrucción o moralidad.
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Obligaba a los empleadores a permitir que sus empleados se sentaran a descansar.
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Se incorpora en el artículo 37 los derechos al trabajo, a la retribución justa, a la capacitación del trabajador, a las condiciones dignas de trabajo, al cuidado de la salud, al bienestar personal y familiar del trabajador, a la seguridad social, al progreso económico y a la agremiación.
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Se regulan las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, ya que la protección de la vida, de la salud y de la integridad psicofísica de los trabajadores se presenta como una exigencia social y como un imperioso deber de la comunidad industrial moderna.
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Se establecieron límites que redujeron la indemnización común por despido, se incluyeron los llamados "contratos basura" y se creó el inoperante Consejo del Salario Mínimo.
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Introdujo modificaciones en la legislación del trabajo vigente, que abarcan no solamente a la relación individual sino también a la colectiva.
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Se sancionó para poder solventar los aumentos de la Ley de Movilidad y terminar con el lucro de las AFJP.
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Permite acceder a una jubilación a quienes tienen la edad requerida pero no la cantidad de aportes que exige el sistema. Los que quieran acceder al beneficio deben declarar una deuda por aportes impagos y saldarla con un plan de pago en cuotas, que se van descontando de los haberes mensuales una vez que la ANSES otorga la prestación.