
Evolución de la legislación Colombiana Seguridad Y Salud en el trabajo Mauricio Diaz Gualdron Tecnologo en Salud Ocupacional Ficha 1263885 CGAO
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El primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señaló: «El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política
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Tenemos la Ley 57 de 1915, conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, la 13 clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
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Se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías ypensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS).
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1950:se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día
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reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos.Industrial.RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Características del que cobija a
servidores públicos. Reseña histórica / EMPLEADOS PÚBLICOS - Régimen
salarial y prestacional. Reseña histórica / RÉGIMEN PRESTACIONAL -
Competencia para fijarlo a los empleados públicos / ENTIDAD
DESCENTRALIZADA - Competencia para fijar régimen salarial. Limites/
RÉGIMEN SALARIAL EN EL DISTRITO CAPITAL - Regulación legal.
Competencia -
salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas.LA LEY 9 DE 1979 TITULO 3:ARTÍCULO 80: Para preservar, conservar la salud de los individuos en sus opciones presente ley establece normas tendientes a:a) Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;b) Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos pueden afectar la salud individual o colectiva e
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ARTICULO 81: La salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socio-económico del país; su prevención y conservación son actividades de interés social y sanitario en las que participan el Gobierno y particulares
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a) Dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución, y demás normas legales en Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, elaborar su propia reglamentación, y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de Salud Ocupacional que les correspondan
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mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional deSalud Ocupacional ,
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Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacionalde Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cualestablece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñary poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional
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Decreto 614Articulo 3.Campo de la aplicación de las normas sobre la salud ocupacional. Las disposiciones sobre la salud ocupacional se aplicaran en todo lugar y clase de trabajo, cualquiera que sea la forma jurídica de su organización y prestación Todos los empleadores, tanto públicos como privados,contratistas,subcontratistas trabajadores, así como las entidades públicas y privadas estarán administración de la salud ocupacional
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Artículo segundo Cada comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así: De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes. De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes. De 500 a 999 trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada
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Resolución 1016 de 1989
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. . Que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores a su cargo.
3. Que los patronos y empleadores deben responder por la ejecución del programa permanente de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo -
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 29 de mayo de 1990 referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva 89/391/CEE (90/270/CEE) HA ADOPTADO LA PRESENTE
DISPOSICIONES GENERALES, Artículo 1. La presente Directiva, que es la quinta Directiva específica , establece disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización -
- El empresario estará obligado a realizar un análisis de los puestos de trabajo c en lo que respecta a los posibles riesgos para la vista y a los problemas físicos y de cansancio mental.2. El empresario deberá adoptar las medidas oportunas para paliar los riesgos así comprobados, basándose en la evaluación a que hace referencia el apartado 1, teniendo en cuenta la adición y/o la combinación de las incidencias de los riesgos constatados.
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Establece actividades en materia de salud ocupacional incluye fármaco dependencia, alcoholismo y tabaquismo en los programas de salud ocupacional
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Por medio de la cual se aprueba el "Convenio No. 170 y la Recomendación número 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el trabajo", adoptados por la 77a. Reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra, 1990
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Determina la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales.
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Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
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Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
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Disposiciones y responsabilidades para la identificación, evaluación, intervención y monitoreo permanente de la exposición a FR Psicosociales y determinación del origen de las patologías por estrés ocupacional.
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Mediante la cual el Ministerio de la Protección Social estableció el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas que aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas Para efectos de la aplicación de la norma se entiende por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
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por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.
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Se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional
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Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
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Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
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Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo
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Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones
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Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones