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La base del trabajo, tanto de la tierra como las artesanías, se fundamentó en la explotación de las últimas castas de la sociedad pipil, es decir, plebeyos y esclavos. El excedente de producción se destinaba al comercio
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En esta fecha se asentaron los primeros españoles a El Salvador y ocuparon en estos años la cúspide de una pirámide socioeconómica y laboral que se asentaba en el trabajo no remunerado del indio.
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Disminuye la población indígena y aumenta el mestizaje, el rey de España prohíbe contratar indios y ante el aumento de la minería contrata esclavos africanos
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El Capitan General don Jose de Estacheria dicta el Reglamento Laboral para los Cabildos de San Salvador, San Vicente y San Miguel donde se establecen algunos derechos para los trabajadores
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Los Franceses derrotan la Monarquía absolutista y se proclama La Declaración de los Derechos de los Hombres y de los Ciudadanos, los pueblos de Hispanoamérica luchan contra el colonizaje
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Con el sistema Republicano las condiciones socioeconómicas y laborales no mejoraron sin embargo en el sector urbano comenzaron a aparecer nuevos trabajos y profesiones, la imprenta por ejemplo en junio de 1824 editaba su primer periodico
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En 1824, el primer gobierno republicano presidido por Juan Manuel Rodríguez, decretó la primera Constitución de El Salvador en la cual no se encuentra ningún artículo alusivo a las actividades laborales
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Es la primera constitucion que hace referencaia al trabajo en el articulo 98 que literalmente reza: “El Salvador reconoce derechos y deberes anteriores y posteriores a las leyes positivas, tiene por principios la libertad, la igualdad y la fraternidad, y por bases la familia, el trabajo, la propiedad y el orden público
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Aparece el articulo 26. El trabajo es obligatorio, salvo en los días domingo ó de fiesta nacional”, con un claro contenido de orden religioso. Este artículo no volvió a aparecer en otras Constituciones.
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Bajo la administración del General Francisco Menéndez se aprobó la Constitución de 1886 que fue la que tuvo mayor vigencia: hasta 1939 y momentáneamente en 1944. Allí apareció el Art. 15 que decía: “Nadie puede ser obligado a prestar trabajo o servicios personales sin justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo que por motivos de utilidad pública se establezcan por ley”.
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En mayo de 1911, el presidente Dr. Manuel Enrique Araujo, aprueba la “Ley sobre Accidentes de Trabajo” que puede considerarse el primer instrumento legal en el ámbito laboral salvadoreño
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Organizado por la Confederación Regional de Trabajadores.
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En 1925 se forma la Alianza Tipografica de El Salvador quienes llevan a cabo la primera huelga del pais
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Constitución donde aparece, por primera vez en la historia, un capítulo completo titulado “Familia y Trabajo”, que en su Art. 62 dice lo siguiente: “El trabajo gozará de la protección del Estado por medio de leyes que garanticen la equidad y la justicia en las relaciones entre patronos y empleados u obreros. En ese mismo año, el Presidente Martínez nombra al general José Tomás Calderón, como Ministro que ocupa por primera vez el Despacho de Trabajo
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En 1945 vuelve a promulgarse otra constitución que trae en su contenido artículos como el articulo 155 que define al trabajo como “un derecho y un deber, ambos de carácter social.
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El Estado de El Salvador fue signatario de la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales, aprobada en Bogotá, Colombia, el 2 de mayo de 1948 y aún vigente como ley de la república que en su Art. 1, dice que esa Carta tiene por objeto “declarar los principios
fundamentales que deben amparar a los trabajadores de toda clase” y añade que: protege por igual a hombres y mujeres. -
En 1950 vuelve a promulgarse otra Constitución donde se incluye el Capítulo II sobre “Trabajo y Seguridad Social” definiendo al trabajo como “una función social que goza de la protección del Estado y no se considera artículo de comercio”, redacción que se ha mantenido incólume en la actual Constitución de 1983
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En 1963, el Presidente, Coronel Julio Adalberto Rivera, logra la aprobación legislativa del llamado “Código Laboral”, cuya vigencia se mantuvo hasta 1972.
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En 1973 se aprueba el actual “Código de Trabajo” que con algunas reformas se mantiene vigente casi treinta años después de convertirse en Ley de la República.
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De nuevo el país estrena otra Constitución en 1983, esta Carta Magna incluye en su Capítulo II de “Derechos Sociales” la Segunda Sección titulada “Trabajo y Seguridad Social”, la cual contempla algunas innovaciones como la consignada en el Ordinal 12º del Art. 38 que establece el principio de la indemnización universal y el Art. 40 que manda el establecimiento de un sistema de formación profesional para la capacitación y calificación de los recursos humanos.