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Durante la Colonia se implantó el órden jurídico español. Los comerciantes de la Ciudad de México, a partir del 15 de junio de 1592 cuentan con un Consulado de Comercio.
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Se señalan como norma supletoria a las Ordenanzas de Burgos y a las de Sevilla. El Consulado de Comercio se sostenía con el impuesto de avería y tenía funciones administrativas, legislativas y judiciales. En su actividad jurisdiccional dirimía las controversias entre mercaderes.
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Durante las últimas décadas de la Colonia, las Ordenanzas de Bilbao y las Ordenanzas del Consulado de México, fueron las últimas reglamentaciones comerciales durante ese periodo.
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Se suprimen los consulados y se someten los negocios mercantiles al conocimiento de los jueces comunes.
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Se restablecen los consulados con la denominación de "Tribunales mercantiles" y se crea el Tribunal Mercantil de la Ciudad de México y las juntas de comercio.
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Se aumenta de una a dos Salas el Tribunal Mercantil de la Ciudad de México y se reglamenta su funcionamiento.
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Se publica el primer Código de Comercio, cuya autoría se atribuye al jurisconsulto y servidor público mexicano Teodosio Lares (Ministro de Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública durante el último gobierno de Antonio López de Santa Anna).
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Se restituyen las Ordenanzas de Bilbao, se desaparece al Tribunal Mercantil de la Ciudad de México y se restituye la jurisdicción comercial a los tribunales comunes.
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A partir de la Constitución Federal de 1857, se reservó a las entidades federativas la facultad para legislar en materia de comercio, sin embargo, sólo Tabasco y Puebla lo hicieron, por lo que el 15 de diciembre de 1883 se federalizó nuevamente la normatividad mercantil mediante el Código Lares, nuevamente empleado.
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Durante la presidencia de Manuel González se expide un nuevo Código de Comercio que entraría en vigor el 20 de julio del mismo año. En él se reguló con amplitud el procedimiento de quiebra, en sus libros quinto y sexto. Remitía a los códigos procesales locales en caso de lagunas e incluía, por primera ocasión, el procedimiento convencional.
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El Código de Comercio vigente en la República Mexicana, fue expedido por el presidente Porfirio Díaz, el 15 de septiembre de 1889, y entró en vigor el 1 de enero de 1890. Este Código, ya desde su origen, contenía tanto disposiciones sustantivas como adjetivas (procesales). Para regular la actividad comercial adopta el sistema "Objetivo" (derecho de los actos del comercio) y el "Subjetivo" (derecho de los comerciantes).
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