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La abolición de la esclavitud, por Miguel Hidalgo y Costilla en Valladolid, por medio de un bando que cumplimentaba al intendente de la provincia. Es decir se reconoce un derecho que antes no se reconocía ni la condición humana.
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Por el aumento del jornal obrero, continuando con la labor de Hidalgo, sentó bases fundamentales para estructurar la nación Estado mexicano con 23 puntos con concepción de la justicia social.
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Dos tesis Lucas Alamán infraestructura fabril con apoyo del Estado, y otra Luis Mora, concurrencia libre, iniciativa privada.
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La revolución de Ayutla buscaba derrocar a Santa Anna y con el fin de reconocer los derechos fundamentales del hombre. Los artículos 4 y 5 consignaron las libertades profesional, industrial y de trabajo.
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Régimen monárquico, legislación social para el desarrollo de la nación.
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Es un levantamiento pacífico, en donde el pueblo exigía, que no trabajaría a menos que hubiera algunas condiciones de trabajo
- salario mínimo
- derecho a ascenso
- emplearan 75% mexicanos y 25% extranjeros -
por un gran movimiento popular antimperialista que fue responsable de importantes transformaciones en México, donde existía una supremacía de la burguesía sobre las instituciones del estado. Es la base para México democrático.
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Promulgación del art. 123 la ley que rige el derecho laboral en México.
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Se creó con el propósito de reglamentar la competencia en la resolución de conflictos laborales en el ámbito federal. Se integró por un mismo número de representantes de los empleadores, de los trabajadores y del gobierno.
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Se reformó para reservar la expedición de leyes en materia de trabajo
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El Presidente Pascual Ortiz Rubio otorgó plena autonomía al Departamento del Trabajo, hecho que le confirió una serie de atribuciones definidas.
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Se crea el manifiesto comunista del derecho del trabajo que es el antecedente oficial de lo que hoy conocemos como el derecho Laboral moderno.
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Al no responder correctamente la estructura del Departamento de Trabajo a las características y a la complejidad del sector laboral, el Presidente Manuel Ávila Camacho promulgó una nueva Ley de Secretarías de Estado, en el que estableció que el Departamento del Trabajo se convertía en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuya estructura y organización permitirían responder a las demandas sociales, producto de la evolución del sector y del desarrollo del movimiento obrero nacional.
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Es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre en París; en esta se recogen en sus 30 artículos derechos humanos considerados básicos.
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Adolfo López Mateos, aparentó sensibilidades sociales provocando la reforma del artículo 12 constitucional, al que agregó un apartado "B" para colocar en condición de notable inferioridad a los trabajadores al servicio del Estado, y modifica diversas fracciones.
Surgen pequeñas ventajas para trabajadores en el orden individual y el reconocimiento de los trabajadores especiales y un total confirmación del sentido corporativo en el orden colectivo. -
Se decreta la expedición del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo como un órgano desconcentrado de la STPS, con suficiente rango y autonomía para velar por el cumplimiento de la legislación laboral vigente, y para dar garantía de la defensa de los trabajadores.
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Se pone de manifiesto la reiteración del corporativismo.
Se reforma artículo 923 que permite no dar trámite a un emplazamiento de huelga, si no cumplía con requisitos legales, facilitando el camino para la existencia de contrato de protección desconocidos por los trabajadores y favorables a las empresas. -
Tiene como objetivo principal promover la competitividad empresarial, impactando significativamente a las empresas con operaciones en México.
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Se establecen normas que rigen el derecho individual del trabajo, el derecho colectivo (destacándose el voto libre y secreto de los miembros de las agrupaciones sindicales) y una gran reforma procesal, de la cual sobresale la intervención del Poder Judicial, ante quien se deberán llevar los juicios (Juez Laboral, Federal o Local) desapareciendo paulatinamente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje (Federales o Locales).