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En Roma no existía el Derecho Laboral y mucho menos leyes al respecto.
Era mucho mas importante el sector humano en cuestiones Civiles, por tanto, fue el Derecho Civil el que caracterizó el mundo jurídico de la Roma Antigua -
Durante la Edad Media surgió el Feudalismo, se basa en grandes extensiones de tierra cuya propiedad pertenecía al Estado o la nobleza y que debían, por tanto, pagar altos intereses para sobrevivir.
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Al final de la Edad Media cuando surge gracias a la Revolución Industrial, una nueva ideología que viene a decir que la riqueza no se centra exclusivamente en tener o no propiedades de tierra.
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En el siglo XIX aparecen las primeras leyes del Derecho del Trabajo, nacen en forma de leyes de emergencia, irregulares en su alcance y modo de aplicación.
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La ley Inglesa de 1802 admite la regulación de las condiciones de trabajo y la protección de niños, aunque con irregularidades.
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La Revolución Industrial nos enseñó que la riqueza no solo se obtiene por nacer en una familia noble, en cualquier parte hay oportunidades de crecer. Inicia el concepto del “consumo”
Surgen las grandes fábricas, los grandes mercados y la maquinaria, nacen los nuevos sistemas de producción y nuevas necesidades sociales. Nace la competencia. -
En Francia, se impulsó una legislación intervencionista, en la revolución de 1848.
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En Alemania, se legisló sobre condiciones de trabajo y Seguro Social
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En Estados Unidos, se crearon oficinas de Estadística del Trabajo.
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En Iberoamérica, la legislación labora comienza en el siglo XX, aunque en Brasil, se dictaron disposiciones protectoras de la infancia en 1890.
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En España, con la creación del Instituo de las Reformas Sociales en 1903
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Para 1971 el poder político comienza a perder fuerza en favor de los trabajadores, en Francia aparece la llamada “Le Chatelier” que concede a los trabajadores el derecho a asociarse y a formar corporaciones sin riesgo a ser encarcelados o vejados.
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En Italia, se legisló sobre el trabajo de menores