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Nace el Derecho Comercial como una rama aparte del Derecho Común, se creó por y para los comerciantes
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Durante la dominación española en las colonias americanas se aplicaron:
_Leyes de las Indias
_Leyes de castilla
Los litigios se juzgaron primero por la Audiencia de Charcas (creada en Sucre en 1559) y luego por la Audiencia de Buenos Aires (sede en Buenos Aires, dependiente del Consejo de Indias, creada en 1661). -
Son una importante referencia histórica para el derecho marítimo y mercantil. Surgieron a manera de Código de Comercio y regularon puertos, carreteras, libros contables, contratos, seguros y letras de cambio, etc. hasta aproximadamente el siglo XIX.
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Creada por la Real Cédula Española, constituyendo no solo un ente recaudador sino tambien cumpliendo funciones consultivas, luchando contra el contrabando e intensificando el control del comercio portuario.
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_Se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao.
_Actuaba como tribunal en asuntos mercantiles, regulando por separado tanto el comercio terrestre como el marítimo, con función judicial y administrativa, encargándose de los juicios mercantiles y estableciendo el orden de prelación de las normas. -
Política económica basada en una apertura comercial exportando de productos primarios e importando productos manufacturados.
Con la libertad comercial del vinculo con España, el puerto y la aduana pasaron a ser el sostenimiento económico del nuevo gobierno y los responsables de la administración de esas rentas. -
Matrícula para los comerciantes nacionales: normas sobre las consignaciones comerciales y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Creada por Bernardino Rivadavia, se instaló en 1822, se dictó la Ley Reglamentaria de Corredores y Martilleros, la actividad de los integrantes quedaba a designación del gobierno.
Rivadavia también dictó 3 decretos: sobre actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio. -
Desde que Rosas asumió el poder, comenzó a perseguir a los acreedores pensando que se reunían para causas revolucionarias, por lo que lo suprimió en 1836.
Fue derogado en 1858 -
Es la ley suprema y fundamental de nuestro pais, donde se garantizan los derechos y libertades de las personas, regulando la organización y el ejercicio de los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
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Buenos Aires separado de la Confederación solicita a Acevedo que prepare un proyecto de Código de Comercio junto con Vélez Sarsfield, el cual presentaron al Poder Ejecutivo en 1857, fue aprobado en 1859 y comenzó a regir solamente en la Provincia de Buenos Aires en 1860.
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Se volvió a incorporar a Buenos Aires a la Confederación y con la sanción de la ley 15, el Código de Comercio adoptado por los bonaerenses se acogió para toda la Nación.
En 1869 se le añadía las "Reformas al Código de Comercio". -
Fue redactado por el Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield, fue aprobado en 1869 y puesto en vigencia en 1871, fue el cuerpo legal que reúne las bases del ordenamiento normativo en materia civil.
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Modificaciones: - El valor de usos y costumbres como fuentes de derechos.
- Cambios en la reglamentación sobre: corredores, bolsas, sociedades, compraventas, etc.
- Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando la materia civil. -
1963: Se incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
1967: se incorpora un nuevo régimen de seguros.
1972: se incorpora un nuevo régimen de sociedades.
1973: se sancionan leyes para nuevos regímenes de navegación y para los martilleros.
1995: se incorpora un nuevo régimen de cheques y de concursos y quiebras.
2009: se modifica la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
- Es el cuerpo legal que reúne las bases del ordenamiento jurídico en materia civil y comercial en la Argentina.
- Reforma la Ley de Sociedades.
- Clasifica a las personas humanas y jurídicas, sin diferenciar entre sujetos comerciales y civiles, así como también con los contratos y sociedades.