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El trabajo era visto como impropio; pertenecía a los esclavos.
La filosofía y el pensamiento político eran una prioridad. -
Se reguló por primera vez en el derecho civil con las figuras de compraventa y arrendamiento ya que los esclavos eran vistos como objetos. Surgen primeros contratos de prestación de servicios o realización de obras para proporcionar objetos o energía humana temporalmente mediante remuneración.
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Agrupaciones de individuos con un mismo oficio. Su función era terminar las condiciones para la prestación de servicios y ayuda económica mutua.
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Surgen y el siervo y el artesano se liberan del señor Feudal.
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Hubo fortalecimiento de la burguesía.
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Creada por el Rey Carlos II, cuyo objetivo era la procuración de la justicia social, pero seguía una gran desigualdad entre conquistador e indio.
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Se utilizó esa ley para detener el nacimiento de la fuerza organizada del proletariado.
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Acto de los Insurgentes
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Después de la muerte de Miguel Hidalgo, Morelos al continuar la liberación de hoy México, decide establecer justicia social “aumentando la jornal del pobre, que mejore sus costumbre, aleje su ignorancia, la rapiña y el hurto”.
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Con los gremios y ordenanzas, se monopolizó la producción de oficiales y aprendices mestizos, con crecimiento de producción y de competencia, y, sumando la habilidad de los indígenas para producir, empezaron ciertos problemas.
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La jornada laboral aumentó a 18 horas, los salarios fueron rebajados a tres reales y medios; obligaciones a comprar en la tienda de raya.
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El Estado permanece ajeno a la vida económica y particularmente respecto a las relaciones obrero-patronales, salvo que se tratare de reprimir la coalición sindical y los movimientos de huelga.
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A mediados del siglo XIX surgen las ideas socialistas y se lucha por la reivindicación de los derechos laborales.
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Don Ignacio Comonfort expidió el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana. Legislación de carácter meramente civilista.
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Congreso Constituye, resultó con los artículo 4° y 5° donde se consignó la libertad de profesión, industria y trabajo, y el principio de que ‘nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su plenos consentimiento’
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Maximiliano de Habsburgo desarrolló una legislación social. Se prohibieron los trabajos gratuitos y forzosos; no se podía prestar servicios indefinidamente; los menores debían trabajar con permiso.
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Una jornada de sol a sol con dos horas intermedias de reposo; descanso semanal; pago de salarios en efectivo; reglamentación de las deudas de los campesinos; supresión de las cárceles privadas y de los castigos corporales; escuelas en las haciendas; sanciones pecuniarias por violación a las normas anteriores.
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Se cambia el trabajo equiparado al arrendamiento y se pone en su lugar la figura del mandato.
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En el Estado de México se dicta una Ley sobre la obligación de prestar la atención médica requerida y pagar el salario a los trabajadores, en caso de accidentes por riesgos de trabajo.
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Se accede a prohibir el trabajo de los menores de 7 años.
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Se publicó el manifiesto y programa del Partido Liberal, presidido por Ricardo Flores Magón.
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Se definió el riesgo de trabajo y fijó indemnizaciones que alcanzaban hasta dos años de salario.
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Buscó la supresión de los privilegios de los empleados norteamericanos; exigían mejores salarios.
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Se decreta la jornada de trabajo a ocho horas, se implantó el descanso semanal.
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Se decretó sobre la jornada de trabajo, descanso semanal y vacaciones.
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San Luis Potosí, se fija el salario mínimo. En Tabasco se cancelaron las deudas de los campesinos.
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Carranza da el Decreto de Adiciones y reformas del Plan de Guadalupe. Disuelvan los latifundios, restitución de tierras, legislación para mejorar el trabajo rural, del obrero, del minero.
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Salvador Alvarado expidió las leyes llamadas ‘Lan Cinco hermanas’. En la del trabajo se reconocen los principios básicos que integran el artículo 123 constitucional: el derecho del trabajo tiene como fin dar satisfacción a los derechos de una clase social; se establecen los beneficios mínimos a que tienen derecho los trabajadores. Se reglamentaron las instituciones colectivas: las asociaciones, contratos colectivos y huelgas.
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Organización de tribunales del trabajo denominados Juntas de Administración Civil, escuelas primarias sostenidas por empresarios.
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El 7 de octubre de 1914, Aguirre Berlanga, publicó un decreto que se le ha llamado ‘primera ley del trabajo de la revolución constitucionalista’. Pero fue superado el siguiente año, el 28 de diciembre, donde se subrayaba que el horario debía ser de nueve horas, prohibición a menores de nueve años, salarios mínimos, aceptación a la teoría del riesgo profesional y la creación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Esto en Jalisco
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Heriberto Jara; Héctor Victoria; Alfonso Cravioto; Froylán C. Manjarrez; José Natividad Macías. El 23 de enero de 1917 fue aprobado por el título del Trabajo por unanimidad de 163 votos de los diputados presentes, su contenido consta de 33 artículos.
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Las leyes que se modificaron fueron: la Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Seguro Social. Además se ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva.