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Una vez México independiente de España, lo juicios mercantiles fueron tutelados por las Ordenanzas de Bilbao, vigentes hasta 1854
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Primer Código de Comercio, conocido como Código de Lares por el ministro de Justicia, don Teodosio Lares, jurista que intervino en su redacción. Tal ordenamiento fue influido por el Código Español de 1829, del cual copió su estructura y la casi totalidad de sus disposiciones, y fue creado con la pretensión de ser aplicado en la República, de acuerdo con las llamadas Bases Orgánicas de 1843, que constituyeron un ordenamiento que instauró un régimen político centralista y no de carácter federal.
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El Código Lares tuvo escasa vigencia, fue derogado por los artículos 12 y 16 de la Ley Juárez de 1855, retomándose la aplicación de las Ordenanzas de Bilbao.
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Nuevo código de comercio, en su Libro VI, trata de los juicios mercantiles, aunque sólo regulaba de manera clara y completa al de quiebra y respecto de los demás juicios mercantiles, hacía remisión casi total a los códigos procesales civiles locales.
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El Presidente Porfirio Díaz, haciendo uso de la autorización conferida por el Congreso de la Unión, expidió en 1889 el actual Código de Comercio
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El proceso mercantil regulado en el Código de 1889 permaneció intocado por casi 100 años
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Se realizan varias reformas al Código de Comercio (Artículos 1050 al 1055) se adiciona el Título IV con el título "Del procedimiento arbitral" (artículos 1415 al 1437)
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Se intentó regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose el margen de supletoriedad que hasta ese momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la federación.