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Durante la dominación española, se aplican las Leyes de Indias y Leyes de Castillas.
En 1794, se crea el Consulado de Bs. As. que actúa como tribunal en asuntos mercantiles.
Se incorporan las normas de Ordenanzas de Bilbao de 1737 -
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normas sobre las consignaciones y el nombramiento de conta-dores peritos en los litigios comerciales.
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Funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Esto fue derogado en 1858. -
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires. -
Se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Có-digo de Comercio.
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1-Consideración de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2-Supresión del requisito de inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3-Cambios en la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, etc.
4.Entre otras reformas. -
Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Que incorpora al viejo código de comer-cio un nuevo régimen de seguros.
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incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nue-vo régimen para los martilleros
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régi-men de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años
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Se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comer-cial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nues-tro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.