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Regulaban el comercio terrestre y marítimo.
Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia
continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Cumplía una doble función: judicial y administrativa. -
Creación de la Matricula para comerciantes nacionales, normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
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Esto fue derogado en 1.858 -
(derogado en el 2015 por el artículo 4 de la Ley Nº 26.994) -
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Las principales modificaciones introducidas fueron:
-El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos
-Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante
-Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras
-Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil -
Se incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades. -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación.