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Incorporando las normas de las Ordenanzas de Bilbao, que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo.
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Dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros
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Sobre actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio
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Derogado en 1858
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Establece la matrícula para Comerciantes Nacionales
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Hasta dicho momento regía solo en la Provincia de Buenos Aires.
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Planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Lo realiza el jurista Eduardo Acevedo con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarfield.
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Hasta dicho momento regía solo en la Provincia de Buenos Aires.
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incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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incorpora un nuevo régimen sobre sociedades.
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Las principales modificaciones introducidas fueron:
1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos;
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante;
3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y
4) se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Se incorpora un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se incorpora un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Se produjo otra gran reforma del código de comercio.El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.