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  Monarquía- Republica- Principado o Diarquía en Roma
 753-510 a. C 510-27 a. C 27 a.C- 284 d. C 1453
 La relación de trabajo obedecía a la propiedad del hombre por el hombre, la esclavitud, priorizando el derecho del uso por la compra del elemento humano, como fuerza de trabajo
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  Libertad y autonomía frente al estado, el estado no interfería en la vida y organización del ciudadano.
 Poder clerical y el sometimiento a los monarcas.
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  Hernán Cortés Monroy conquistador español del imperio Azteca, elimina una organización representada por el emperador Moctezuma II y sacerdotes mexicas, teniendo a los Aztecas como la máxima autoridad y los poblados aledaños sometidos, encontrando una organización debilitada y dividida por las exigencias del tributo.
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  Preocupación por el humanismo y el conocimiento
 Generación de los Derechos civiles.
 El reconocimiento de la personalidad jurídica.
 Derecho a votar y ser electo.
 ** Surge la Revolución Francesa, como rebelión contra el absolutisno del monarca
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  Gobierno absolutista.
 Reglamentación de los oficios, ordenanzas de los gremios.
 Sistema corporativo de la organización del trabajo.
 Maestros- Artesanos.
 Lucha entre las corporaciones artesanales y los comerciantes.
 Desparición de los gremios 8 de junio de 813.
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  Leyes de Indias, ordenada por los Reyes Católicos
 objetivo: la protección de los aborígenes americanos (mestizos).
 -percepción efectiva de un salario (minimo)
 -jornada de trabajo
 -prohibición de las tiendas de raya
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  Los insurgentes.
 Abolición de la esclavitud Don Miguel Hidalgo y Costilla.
 en Valladolid.
 -Reconoce la calidad humana.
 -libre contratación
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  Art. 38
 Ningún género de cultura, industris o comercio, puede ser prohibido a los ciudadanos, excepto los de subsistencia pública.
 -inicia el sentido humanista con José María Morelos y Pavon
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  Creada en un periodo de fuerza productiva fabril con la intervención del estado y los intereses de la iniciativa privada, la concurrencia libre e interés individual, sin considerar en su estructura del problema social del trabajo.
 -18 hrs de trabajo
 -disminución del salario
 -mujeres y menores (un real, como pago)
 -obligación de compra en la tienda de raya.
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  Revolución de Ayutla.
 Derrocamiento de la dictadura de Santa Anna, creación de los derechos fundamentales del hombre (sentido individualista y liberal) al trabajo.
 -Retribución justa y pleno consentimiento.
 -defesnsora de la propiedad privada y sist. económico liberal
 -Participación en el beneficio de la producción.
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  1904 Servicio médico y salario a los trabajadores (3 meses) por riesgo de trabajo. Estado de México
 1906 se regula el accidente de trabajo.Nuevo León
 1914 descanso semanal y prohibición a la reducción de salarios. Aguascalientes
 -Fijación de los salarios mínimos, 8 hrs. de trabajo, cancelación de deudas de los campesinos. San Luis Potosí
 -jornada de trabajo y vacaciones.
 PRIMERA LEY DEL TRABAJO DE LA REVOLUCIÓN CONSTITUCIONALISTA
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  -Analisis de las condiciones de obreros y trabajadores.
 -Propuso programas políticos, agrarios y del trabajo.
 -Principios e instituciones, consagrados en la Declaración de Derechos Sociales de la Constitución de 1917.
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  Huelga de Cananea 1906 y la huelga de los trabajadores de la industria textil en Puebla.
 -Mejores salarios y la supresión de privilegios a extranjeros.
 -Eliminación del reglamento de fábrica en menoscabo a la dignidad y libertad de los trabajadores.
 * Prohibe el trabajo a menores de 7 años.
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  Revolución Burguesa y Socialista.
 Derechos sociales
 Regulación del trabajo por el incremento en la producción.
 Explotación del hombre
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  Plan de Guadalupe
 Disuelve latifundios y restituye al pueblo las tierras.
 Revisión de los códigos civil , penal y de comercio.
 Igualdad entre el hombre y la mujer.
 Ejercicio inalienable de alterar o modificar la forma de gobierno.
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  Organización de la justicia obrera y de tribunales del trabajo "Juntas de Administración Civil".
 Ley de asociaciones profesionales de la República.
 Ley las cinco Hermanas, contrato colectivo y laudos del tribunal de arbitraje.
 Ley Alvarado, creo las Juntas de Conciliación y el Tribunal de Arbitraje.
 -Accidentes de trabajo y participación del PTU.
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  Titulo Sexto de la Constitución.
 Del Trabajo y de la Previsión Social.
 ARTICULO 123 - Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
 El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo.
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  Viernes 30 de noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 38
 DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
 de la República.
 FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA,
