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Una vez lograda la independencia de España, los juicios
mercantiles se rigieron por las Ordenanzas de Bilbao de 2 de diciembre de 1737, -
Regulaban de manera más completa a los juicios mercantiles,
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Complemento del Código de Comercio Español
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Siendo Presidente Antonio López de Santa Anna y ministro de Justicia D. Teodosio Lares. En este ordenamiento jurídico en materia de comercio, el Libro V ya regulaba lo relativo a la administración de justicia en los negocios de comercio, mostrando la influencia de las referidas legislaciones
españolas. -
,retomaría la aplicación de las Ordenanzas de Bilbao,
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Este código, en su Libro VI, trata de los juicios mercantiles, aunque en realidad sólo regulaba de manera clara y completa al de quiebra y respecto de los demás juicios mercantiles, hacía remisión casi total a los códigos procesales civiles locales.
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El proceso mercantil en nuestro país está regulado por el Libro V del Código de Comercio de 1889, hasta el día de hoy vigente, desde luego con varias reformas para llegar a regularse tal cual lo conocemos en la actualidad.
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Reforma a los artículos:
1, 2, 3 y los transitorios:
1, 2, 3, y 4 -
En esta se intentó regular más a detalle los principales actos
procesales, reduciéndose el margen de supletoriedad que hasta ese momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la federación. Hay dos aspectos que se reformaron del Código de Comercio:
1. Reformas a los artículos 1 y 2
2. El libro quinto "De los juicios mercantiles"