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En esta etapa, el trabajo que se desempeñaba era colectivo, tomado como satisfacción a la contribución y se dividía en cuanto al sexo y la edad.
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En este periodo se le resta valor al trabajo, el individuo se vuelve propiedad de otra (el amo), este régimen social comenzó con la colonización española.
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La común del pueblo o macehuales: Los cuales eran agricultores y no eran libres en su totalidad.
Los nobles o señores: Formaban parte de la clase privilegiada, eran los guerreros, sacerdotes o comerciantes. -
Fueron sistemas operativos de organización del trabajo, regulados por la ordenanza. Por ende fue necesaria la reglamentación de los oficios.
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Las Leyes de Indias : Aseguraban la protección de salarios, jornada de trabajo, prohibición de las tiendas de raya, entre otras, de los nativos americanos.
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Principales formas de empleo de la fuerza de trabajo de los indígenas americanos por parte de los españoles, era una institución que establecía que un castellano (encomendero), tenia a su disposición un pueblo de indios con sus caciques para que le pagasen tributos y le sirvieran.
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Algunas autoridades trataron de eliminar el trabajo no recompensado, se pensaba que la coacción era innecesaria y que los indígenas podían trabajar voluntariamente si se aportaba un salario, esta situación no se erradico, solo disminuyo un poco.
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Está etapa inicia con la revolución Industrial. El liberalismo era total, El estado no intervenía en las relaciones patronales.
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Miguel Hidalgo promulgo en la ciudad de Guadalajara, un decreto por el cual se abolió la esclavitud y se eliminaron los tributos que pagaban los indígenas a la Corona española.
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Decreto Constitucional Para La Libertad de la America Mexicana, Art. 5° disponía que "ningún genero de cultura, industria o comercio pude ser prohibido a los ciudadanos, excepto los que forman la subsistencia pública".
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"De tal suerte que se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje su ignorancia, la rapiña y el hurto"
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La época se ve marcada por el empleo de mujeres y niños, salarios miserables y jornadas de trabajo de 13-15 hrs.
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Consignan las libertades profesionales industriales y de trabajo. Y garantiza el principio de “nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin pleno consentimiento, así como la libertad de asociación.
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Establecía que las prestaciones de servicios no eran equiparables al contrato de arrendamiento y que el hombre no es igual a una cosa.
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Surge por la explotación y la miseria que vivían los obreros, la injusticia y la desigualdad entre los trabajadores mexicanos y extranjeros, esta huelga fue uno de los antecedentes de la revolución de 1910.
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TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO DIGNO Y SOCIALMENTE ÚTIL. Se determinan, las jornadas de trabajo, descansos, días festivos, salarios (el salario mínimo, el trabajo de la mujer, la protección laboral del menor y la creación de las juntas de conciliación y arbitraje.
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En esta constitución se reconocen los derechos sociales de los trabajadores reconocidos en el Articulo 123 y queda proscrito para siempre “la Esclavitud del hombre por el hombre”
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Las leyes se han ido reformando en los años 1930,1970 y 1980 se divide en 2 apartados: A, regula las relaciones laborales entre trabajadores y patrones y el B, que regula las relaciones burocráticas, su Ley Reglamentaria es la LEY FEDERAL DEL TRABAJO.