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Creada por el rey Carlos III, puesta en funcionamiento como tal, desde el 1 de marzo de 1779.
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Regulaba el comercio terrestre y marítimo.
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Creado por la Asamblea del año 1813, para normas sobre consignaciones y el nombramiento de contadores peritos.
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Se instaló en 1822 y funcionó por poco tiempo, dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia se dictaron 3 decretos: sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto de Rosas, aun que fue derogado en 1858.
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El Estado de Buenos Aires confió en 1856 al jurista uruguayo, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857, se obtuvo que se aprobara en 1859 para comenzar a regir, solo en la Provincia de Buenos Aires, en 1860.
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En 1862 se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
Cuerpo legal que reguló las bases del comercio, los actos de comercio, la consideración legal de comerciante, entre otras materias mercantiles, desde el 10 de septiembre de 1862 hasta el 1 de agosto de 2015. -
Las principales modificaciones fueron: El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación.
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Incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques.
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Incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Fue redactado por una comisión de juristas designada por decreto 191/2011 y promulgado en octubre de 2014, entrando en vigencia el 1 de agosto de 2015. De esta manera queda derogado el Código de Comercio.