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Regulaban específicamente el
comercio terrestre y marítimo -
Cumplía una doble función: judicial y administrativa y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
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La Asamblea del Año 1813, tomo medidas como, la creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, si dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Fue a través de un decreto dictado por Rosas. Esto fue
derogado en 1858. -
El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio.
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires. -
Las principales modificaciones introducidas fueron:
1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3) Cambios en la reglamentación sobre corredores, cheques, letras de cambio, empresas de transporte, quiebras, etc.
4) Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al código de comercio un nuevo régimen de cheques y un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
El 01/08/2015, se produjo otra gran reforma del código
de comercio. En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina.