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Con la creación del Consulado de Buenos Aires, en 1794, se incorporaron las
normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el
comercio terrestre y marítimo. Cumplía una doble función: judicial y administrativa. Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policía del comercio, y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por último
las Ordenanzas Reales de Castilla. -
De la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se instaló en 1822 y funcionó por breve
lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto, se suprimen concursos a acreedores.Esto fue
derogado en 1858. -
Se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
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Las primeras modificaciones fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante. 3)cambios
en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
Se produce otra gran reforma del código
de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el
código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.