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“El trabajo, al ser indudablemente propiedad del trabajador, da como resultado que ningún hombre, excepto él, tenga derecho a lo que ha sido añadido a la cosa en cuestión, al menos cuando queden todavía suficientes bienes comunes para los demás.” Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil.
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Afirmó que los derechos fundamentales de cada hombre eran:
La Libertad
La Igualdad
La Propiedad -
Para los fisiócratas, el ser humano debe tener el derecho a poseer todo aquello que haya ganado con su propio trabajo, lo cual motivaría su interés por seguir progresando y aportando a la sociedad. La tierra era la única y exclusiva fuente de producción (y, por tanto, de riqueza), por lo que la agricultura se consideraba como el único trabajo rentable económicamente, es decir, que produjese un excedente mayor a los recursos empleados para realizarlo.
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Ratificó las ideas de Jonh Locke y de los Fisiócratas, en el debate de la Declaración de los Derechos del Hombre, sesión del 21 de Julio de 1789.
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Confirmó la desaparición de los gremios del sistema corporativista; el artículo 2º prohibía la asociación profesional, en tanto que el artículo 4º prohibía las coaliciones de trabajadores para buscar aumento de salarios.
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La lucha se inicio gracias a :
La ley Inglesa de Francis Place (1824)
Publicación del Manifiesto del Partido Comunista
Revolución Francesa de 1848. -
En su artículo 415 señalaba: Toda coalición de trabajadores para suspender conjuntamente el trabajo en un taller, impedir el ingreso o la permanencia en él antes o después de una hora determinada, y en general, para suspender impedir o encarecer el trabajo, si ha habido una tentativa o principio de ejecución, se castigará con prisión de uno a tres meses. Los jefes o promotores serán castigados con prisión de dos a cinco años.
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En 1848 , que los obreros lograron que la Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical). En Francia, en 1864 se derogaron las normas que sancionaban la creación de asociaciones profesionales y las huelgas. Los códigos civiles de 1870 y 1884 toleraban la asociación profesional y la huelga, aunque esto no implicara que constituyeran un derecho para los trabajadores.
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Por medio de su Manifiesto del Partido Comunista, refiere que “la lucha de las clases es la ley fundamental de la historia” y comienza a ser crítico de la situación que se vivía.
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Después del derecho del primer ocupante, viene el
derecho que nace del trabajo y de la producción.
El trabajo y la producción no constituyen, sino que
confirman y desarrollan el derecho de propiedad.
Mientras que la ocupación existe sola, tiene algo de abstracto y en cierto modo de indeterminado a los ojos de los demás, y el derecho que funda es obscuro, pero cuando el trabajo se asocia a la ocupación, la declara, la determina, le da una autoridad visible y cierta. -
La Constitución de 1857.
Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito. -
El derecho colectivo de trabajo impone la igualdad entre las clases.
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Constituyo básicamente el logro de :
Las luchas del movimiento obrero.
La fuerza del pensamiento socialista.
Concepción de una vida social. -
La Huelga de Pinos Altos, fue una huelga laboral en Pinos Altos, Chihuahua, México, estallando el 21 de enero de 1883 en contra de la Compañía Minera de Pinos Altos. También es considerado como un movimiento precursor de la Revolución Mexicana. que fueron destruidas con un número alto de obreros muertos.
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Las duras condiciones de salarios bajos, discriminación laboral y sistema de raya llevaron a los trabajadores de Cananea a la paulatina organización obrera de la mano del Partido Liberal Mexicano, dirigido por los hermanos Ricardo y Enrique Flores Magón.
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El movimiento obrero nació con una finalidad de múltiples matices:
Reconocimiento de los sindicatos.
Romper el principio de que toda controversia debía ser de conocimiento y decisión de los tribunales estatales.
Reconocimiento del derecho de huelga (autocomposición del conflicto.
Imponer la fijación bilateral – contratos y convenios colectivos. -
Artículo séptimo. No se admitirán niños menores de siete años, en las fábricas para trabajar, y mayores de esa edad sólo se admitirán con el consentimiento de sus padres, y en todo caso no se les dará trabajo sino una parte del día, para que tengan tiempo de concurrir a las escuelas hasta que terminen su instrucción primaria elemental.
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La ley de Agustín Millán fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras; la facultad de asociarse estaba reconocida como un derecho natural del hombre.
Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.