Acción procesal

  • 100

    Cornelio Celso

    Cornelio Celso
    define la acción como el Derecho de cada uno de perseguir el litigio que se nos debe. En roma acción y derecho subjetivo son lo mismo, porque sin acción no hay Derecho subjetivo.
  • 700

    Savigny

    Savigny
    la acción es un derecho nuevo que nace de la violación del derecho material subjetivo generador de una obligación
  • Windscheid

    Windscheid
    concibió la acción como el derecho mismo y la potestad de reaccionar contra su violación, con miras al demandado y pidiendo una sentencia favorable, dice que todo lo que le hace daño a un derecho genera una pretensión por parte del afectado, este proponiéndose resarcir su derecho o satisfacción de una obligación
  • Muther

    Muther
    desarrolla un concepto de acción, en donde esta es un derecho subjetivo público, que el estado otorga al dar tutela jurídica mediante una sentencia favorable emitida por autoridad pertinente, que tiene como presupuesto el derecho privado y su violación
  • Bülow

    Bülow
    Bülow abre aún más el campo de las investigaciones cuando sostiene en forma esquemática, que más tarde desarrollará
    Goldschmidt, que el actor no tiene ningún derecho antes de intentar su demanda y aporta el desarrollo de su “Teoría de las
    Excepciones y de los Presupuestos Procesales”, quien además
    de sostener que el proceso es una relación pública entre el Estado y las partes, requiere ciertas condiciones esenciales a su
    validez como la citación, la jurisdicción, la competencia, etc.,
  • Giuseppe Chiovenda

    Giuseppe Chiovenda
    De éste tomó la idea de la acción como un derecho autónomo aun cuando le tocara a Chiovenda en su famosa prolusión de Bolonia “La Acción en el Sistema de los Derechos”
  • Couture

     Couture
    mencionaba que el vocablo Acción aparece con significados diferente en todos los campos del derecho, lo cual efectivamente conlleva a afirmar el laborioso trabajo que ha resultado para la doctrina en general, encontrar una concepción globalizada de la Acción
  • Devis Echandia

    Devis Echandia
    La acción como un elemento del derecho sustancial o un elemento del mismo derecho en su ejercicio
  • Carina Gomez Fröde

    Carina Gomez Fröde
    su critica a la postura de la escuela clásica, respecto a que el derecho de acción, depende de la violación de un derecho materia, es decir que para su criterio este derecho de acción se activa cuando hay una violación a derechos