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ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

    El artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que:
    Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
  • CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES

    CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES

    Establece, en su artículo 8, que:
    Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
  • PRIMERA LEY EN EL MUNDO PARA LA PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE PARTICULARES

    PRIMERA LEY EN EL MUNDO PARA LA PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE PARTICULARES

    El estado de Hessen en Alemania y poco más tarde Suecia, quienes promulgaron leyes de aplicación en sus respectivos territorios, tienen el honor de ser los pioneros de la era de las leyes sobre protección de datos. Estas leyes generalmente son aludidas como la primera generación de leyes sobre protección de datos. Como leyes estas son las primeras en serlo.
  • CONVENIO 108 DEL CONSEJO DE EUROPA

    CONVENIO 108 DEL CONSEJO DE EUROPA

    Garantizar, en el territorio de cada Estado, a cualquier persona física sean cuales fueren su nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona.
  • LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS

    LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS

    Brasil es el primer país latinoamericano en promulgar una Ley de Protección de Datos.
  • LEY ORGÁNICA 15

    LEY ORGÁNICA 15

    En España se establece la Protección de Datos de Carácter Personal. Está ley ha sido importante para Latinoamérica porque se ha utilizado como firme referente del modelo europeo.
  • LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL

    LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL

    México toma la iniciativa de crear el organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Su campo de vigilancia solamente son las entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Banco de México.
  • PROYECTO DE REFORMA

    PROYECTO DE REFORMA

    En México se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada.
  • DECRETO DE REFORMA

    DECRETO DE REFORMA

    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES DEL SENADO DE LA REPÚBLICA

    COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES DEL SENADO DE LA REPÚBLICA

    Se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República, en la cual se debatió y aprobó el pre dictamen con una modificación:
    Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
    XXIX-O. Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
  • PRESENTACIÓN DE PROYECTO

    PRESENTACIÓN DE PROYECTO

    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
    Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
  • LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

    LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

    Se aprobó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAI), la cual emana de la reforma constitucional de transparencia aprobada en febrero del 2014.
  • BIBLIOGRAFÍA

    BIBLIOGRAFÍA

    (2003). Europa y la protección de datos personales. Revista chilena de derecho informático. Recuperado el 12 de agosto de 2021 de http://web.uchile.cl/vignette/derechoinformatico/CDA/der_informatico_simple/0,1493,SCID%253D14234%2526ISID%253D507%2526PRT%253D14232,00.html
    Sánchez, G. (s.f). Leyes de protección de datos. Recuperado el 12 de agosto de 2021 de https://www.timetoast.com/timelines/2602572.

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