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Surge un ayuntamiento integrado de alcaldes, regidores, alguaciles y empleados
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Se compone de funcionarios denominados oficiales reales.
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Dejo como legado el principio de división de poderes.
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El principio de división de poderes fue adoptado.
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Se estableció que los conflictos entre el administrativo y la administración deberían ventilarse a través de tribunales ordinarios.
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Desaparecen los juzgados de hacienda y se le atribuye a la Suprema Corte de Justicia la facultad sobre contratos por el gobierno federal.
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Surgen los juzgados de Hacienda, Tribunales Superiores de los departamentos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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Se crea la sección de lo contencioso administrativo dentro del Consejo de Estado
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Se suprimen los Jueces y Tribunales de Hacienda y se transfiere la competencia de lo contencioso administrativo a los jueces ordinarios.
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Durante el imperio de Maximiliano se interrumpe cuando se expide la Ley sobre lo Contencioso Administrativo y su Reglamento
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Se transita a la etapa de la justicia delegada
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Las controversias administrativas debían resolverse por los Tribunales de la Federación.
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Estableció el procedimiento administrativo de ejecución.
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Se crea el Tribunal Fiscal de la Federación (TFF) como el primer órgano de impartición de justicia en el ámbito del derecho administrativo mexicano
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Este ordenamiento tiene la característica de que en un solo Código se reglamentaron los aspectos siguientes: la fase contenciosa (juicio) y la fase oficiosa (relación tributaria) y la organización del Tribunal (estructura orgánica).
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Reguló los aspectos correspondientes a la competencia del Tribunal, así como la estructura interna jurídica y administrativa.
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Cuando surge la segunda LOTFF con el afán de solucionar el problema del rezago de la resolución de los asuntos y con la conveniencia de des-concentrar (regionalización) el Tribunal a fin de acercar la justicia impartida por este Tribunal a los justiciables. Se modifica en parte la estructura anterior y se conserva la plena autonomía del organismo.
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Comienza la competencia del Tribunal en materia administrativa.
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La denominación del Tribunal Fiscal de la Federación cambió a “Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa” (TFJFA) con la reforma a su Ley Orgánica por Decreto del 29 de diciembre de 2000, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2000, cuya vigencia comenzó el 1º de enero de 2001.
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A partir de la entrada en vigor de esta ley, se derogó el Título VI del Código Fiscal de la Federación (artículos 197 al 263).
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El TFJFA adquiere la característica de un Tribunal virtual, en virtud de que la sustanciación del juicio contencioso administrativo podrá llevarse a cabo por Internet en la modalidad de “juicio en línea”.